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Enmienda fortalece sector salud y educación. Coordinarán gobierno central y municipal

Jueves, 03 de diciembre del 2015 - 11:05 Imprimir

Con el fin de lograr efectividad y goce de los derechos reconocidos la propuesta de enmienda constitucional, aclara las competencias en materia de salud y educación. Propone cambiar los artículos 261 y 262 de la Constitución. Con el primero se pretende que el Estado no solo tenga las competencias de las políticas de educación y salud, sino también que pueda planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamiento correspondientes a estad dos áreas.

En cambio, el segundo se sustituye el numeral siete para que los gobiernos municipales ya no tengan la competencia de planificar, construir y mantener infraestructura física y los equipamientos en salud y educación, sino solo en los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo.

El informe para segundo debate explica que, de acuerdo con el artículo 347 de la Constitución, una de las responsabilidades del Estado es fortalecer la educación pública y la coeducación, asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento necesario de las entidades educativas.

Por su parte, en cuanto a salud el artículo 363 de la Norma Suprema establece que el Estado es responsable de fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el talento humano y proporcionar la infraestructura física y equipamiento a las instituciones públicas de salud.

En este sentido, la propuesta garantiza que el Estado central, como ente rector de las políticas de educación y salud, asegure la realización del buen vivir y los derechos de educación y salud. Por ello, es necesario un cambio constitucional en este ámbito, que permita la coordinación de los esfuerzos del gobierno central y los autónomos descentralizados.

Así mismo, se especifica que el planteamiento busca subsanar el grado de contradicción que existe en estas competencias, de modo que la prestación de estos servicios se armonice. Las propuestas, entonces, que subsanan una antinomia jurídica no afecta los principios de colaboración y complementariedad, toda vez que, si bien la rectoría es asumida por el Estado Central, los gobiernos municipales pueden ejercer las actividades de planificación, construcción y mantenimiento en salud y educación, con autorización del primero.

El proyecto aclara que no se elimina ninguna competencia, sino que se determina que la rectoría está a cargo del Estado Central, que coordinará con los gobiernos municipales la construcción y manutención de la infraestructura física.

LM/pv

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