SE SOCIALIZÓ PROYECTO DE LEY ORGÁNICA A LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE

Martes, 17 de diciembre del 2024 - 11:53 Imprimir

El día de ayer, en la Asamblea Nacional y con la presencia de varios miembros de gremios de transportistas, se socializó el PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE.

Esta iniciativa que fue presentada el 14 de agosto de 2024, tiene un enfoque integral de prevención del delito, mejoramiento de la seguridad en el transporte terrestre y sus terminales, y facilitación de la coordinación entre las autoridades competentes para garantizar un entorno más seguro para los usuarios del transporte público.

¿En qué contexto presentamos esta ley reformatoria?

-Crisis Económica:

En los últimos tres años, el Ecuador ha enfrentado una profunda crisis económica, resultado de un incorrecto manejo del gobierno, lo que ha derivado en la reducción de fuentes de trabajo y el aumento de la desigualdad social. Esta situación ha impactado gravemente el bienestar de la población.

-Desigualdad y Pobreza:

La falta de políticas públicas efectivas ha contribuido a que las brechas sociales se profundicen, generando un aumento en la pobreza y la inequidad. Esta desigualdad se traduce en un acceso limitado a servicios básicos y oportunidades de desarrollo para amplios sectores de la población.

-Inseguridad Ciudadana:

Como consecuencia del deterioro económico y social, la inseguridad ha aumentado considerablemente en el país. La falta de empleo y la desigualdad han propiciado un ambiente donde el crimen y la violencia son cada vez más comunes, afectando la calidad de vida de los ciudadanos.

La Reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, plantea la necesidad de trabajar coordinadamente con las siguientes instituciones públicas que forman parte integral de la Movilidad Humana en nuestro país:

-Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad.

-Agencia Nacional de Tránsito.

-Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos.

-Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

-Policía Nacional.

Las principales Reformas Planteadas en este proyecto de Ley son:

1.-Tarifas especiales para grupos de atención prioritaria: Se introduce una nueva infracción grave a los operadores de transporte terrestre, por no otorgar tarifas especiales a personas que pertenecen a grupos de atención prioritaria, como personas con discapacidad o adultos mayores.

2.- Control de seguridad en terminales terrestres: Se establece la obligatoriedad de controles diarios en los principales terminales terrestres del país, realizados conjuntamente con la Policía Nacional, para garantizar la seguridad de los pasajeros.

3.- Unidad de Policía Comunitaria en terminales: Se exige la presencia de una Unidad de Policía Comunitaria en cada terminal terrestre, encargada de controlar el ingreso y salida de pasajeros, verificar documentación, realizar operativos de control de armas y mantener el orden público.

4.-Dispositivos de seguridad en vehículos: Se establece la obligatoriedad de que todas las unidades de transporte cuenten con un botón de pánico, cámaras de seguridad, tacógrafo, limitador de velocidad y un sistema de posicionamiento global (GPS). Estos dispositivos estarán conectados al Sistema Integrado de Seguridad ECU 911 para un monitoreo constante y una respuesta rápida ante cualquier emergencia.

5.-Importación y comercialización de vehículos: Solo se podrán importar y comercializar vehículos que cumplan con los estándares de calidad establecidos por normas internacionales.

6.-Control de la matrícula vehicular: Se establece que la matrícula vehicular podrá ser física o digital, permitiendo identificar con certeza la propiedad de vehículos y establecer presuntas responsabilidades en siniestros de tránsito.

7.- Devolución de vehículos incautados: Se establece un plazo máximo de 24 horas para la devolución de los vehículos incautados después de las diligencias periciales, lo que evita que se desmantelen vehículos al interior de los patios de retención vehicular.

8.- Nuevas infracciones de tránsito: Se añaden nuevas infracciones graves relacionadas con la conducción de vehículos, como conducir con licencia deteriorada o vencida, transportar carga inadecuada, realizar reparaciones en la vía pública y otras.

9.-Restricciones para la circulación de motocicletas: Se prohíbe la circulación de dos o más personas en una motocicleta, con algunas excepciones específicas como el transporte de menores, personas adultas mayores, discapacitados o funcionarios públicos.

10.- Control obligatorio por parte de la Agencia Nacional de Tránsito: Se establece que la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial debe realizar controles diarios en terminales terrestres y carreteras del país.

11.- Implementación de los dispositivos de seguridad: La Agencia Nacional de Tránsito tiene un plazo de 180 días para verificar la implementación de los dispositivos de seguridad y coordinar su conexión con el Sistema Integrado de Seguridad ECU 911.
 

Estas reformas no son solo un cambio normativo, sino un compromiso con la seguridad, la movilidad y el bienestar de cada uno de los ciudadanos que transitan por nuestras carreteras y terminales.

 

 

 

Patricio Chávez Zavala
Asambleísta por Pichincha Revolución Ciudadana

Asambleísta por la provincia de Pichincha 3

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