Informe para Segundo Debate del Proyecto de Enmienda Constitucional que cuenta con Dictamen de Procedimiento de la Corte Constitucional Nro. 4-20-Rc/20, para modificar el Artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador.
La Corte Constitucional establece que se puede modificar el artículo 138 de la Constitución mediante una enmienda. Menciono que la enmienda pretende modificar la mayoría que se necesita dentro de la Legislatura para aprobar una ley, pero a mi criterio no debería la Asamblea tratar de cambiar la decisión de los ecuatorianos o de la voluntad popular, por lo que no considero aplicable la propuesta de enmienda.