Les comparto mi intervención sobre la Ley de Comunicación

Martes, 18 de diciembre del 2018 - 00:00 Imprimir

El Gobierno actual, en su claro afán por desmontar los logros, avances e instituciones que se gestaron durante la Revolución Ciudadana, ha emprendido una verdadera batalla en contra de la Ley Orgánica de Comunicación. ¿Por qué? Para cumplir con uno más de sus pactos con la oligarquía y los poderes fácticos, que controlan la mayor cantidad de medios de comunicación, a fin de influir en la aceptación social de políticas que favorezcan a sus intereses.

 

Dentro de este contexto, la Ley de Comunicación es una clara amenaza a tales prácticas, pues son esos mismos sectores los que refutarán cualquier intento que pretenda evitar que se manipule la opinión pública para promover sus propias agendas políticas en nombre de la “libertad de expresión”, una noción que pretenden degradar para su propio beneficio.

 

Hay quienes olvidan, por simple conveniencia, que hace algunos años en el Ecuador predominaba otra realidad, que impedía el pleno ejercicio de la libertad de expresión, que entonces se limitaba a la libertad del dueño del canal de televisión, de la radiodifusora, del periódico, asumiendo la comunicación como un simple negocio privado. 

 

Superando el enfoque tecno-mercantil de la Ley de Radiodifusión y Televisión y de la Ley de Telecomunicaciones, la Ley Orgánica de Comunicación se edificó a partir de un enfoque de derechos, a fin de promover el ejercicio de la libertad de expresión para toda la ciudadanía.

 

La Ley de Comunicación fue resultado del respaldo del pueblo ecuatoriano en las urnas a la novena pregunta de la Consulta Popular del año 2011. La Ley fue debatida durante cuatro años y, para su aprobación, se tomaron en cuenta más de 600 observaciones y propuestas de los diversos sectores políticos, organizaciones sociales, colectivos ciudadanos, periodistas, estudiantes y representantes de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios. Además, se tomaron en consideración las opiniones de los organismos especializados, particularmente del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Siempre hubo quienes satanizaron esta normativa legal porque nunca les pareció conveniente para sus intereses: la bautizaron como “Ley Mordaza”, cuando promovía por primera vez en el Ecuador la posibilidad de expresarse libre y responsablemente, estableciendo deberes y obligaciones al ejercicio periodístico.  

 

La Ley de Comunicación significó un paso inmenso para la ampliación, protección y cumplimiento de los derechos de la ciudadanía y para promover la calidad de la información que, aunque sea por razones de ética pública, debe dejar de ser considerada una mercancía.

 

Esta Ley otorgó a la ciudadanía el derecho a recibir información de relevancia pública, verificada, contrastada, precisa y contextualizada. La Ley prohibió que los medios de comunicación asuman una posición institucional sobre la inocencia o culpabilidad de las personas sometidas a juicio e instauró su deber de otorgar a todas las partes que intervienen en un proceso judicial la oportunidad de expresar sus argumentos de forma equitativa.   

 

Esta Ley exhortó a los medios de comunicación sobre la obligación que tienen de vigilar sus contenidos y su programación para eliminar cualquier forma de discriminación. Es por eso que, al amparo de su artículo 61, las organizaciones sociales han presentado denuncias y liderado el debate en contra de mensajes que reproducen y fomentan los estereotipos, la violencia y los prejuicios, especialmente, contra grupos vulnerables e históricamente excluidos.

 

La Ley vigente dispuso que los medios de comunicación audiovisuales destinen progresivamente en su programación diaria hasta el 60% de producción nacional, lo que significó un gran incentivo para que los realizadores nacionales difundan sus producciones, permitiendo que los rostros, ideas, identidades, culturas, costumbres y proyectos sociales del Ecuador ocupen un lugar en los medios de comunicación.

 

La Ley apuntaló y resguardó los derechos de los trabajadores de la comunicación a fin de que no vuelvan a darse casos de precarización laboral. En este sentido, los empresarios de la comunicación se vieron obligados a pagar a sus trabajadores lo que dispone la tabla salarial, afiliarlos a la seguridad social, así como reconocerles el pago por horas extra de trabajo y vacaciones.

Contrario a lo que partes interesadas han pregonado en los últimos años, durante la vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación, los periodistas en el Ecuador han gozado de libertad para ejercer su oficio con responsabilidad y honestidad. En el gobierno de la Revolución Ciudadana no se dio un solo caso de periodistas detenidos por sus opiniones ni de un solo medio cerrado como consecuencia de su línea editorial. La normativa estableció una amplia protección a la libre expresión e impidió la censura previa por parte tanto de autoridades y funcionarios públicos, como de los dueños, directores y anunciantes de los medios de comunicación.

 

La Ley promovió la distribución equitativa del espacio radioeléctrico con el propósito de diversificar y pluralizar las voces de la opinión pública. Sin embargo, las reformas planteadas por este gobierno pretenden que vuelvan a permitirse monopolios mediáticos que necesariamente manipularán la opinión pública.

 

Las reformas que hoy conoce la Asamblea provocarán la INDEFENSIÓN Y VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS POR FALTA DE PROCEDIMIENTO, porque con la ausencia de un procedimiento específico para proteger los derechos a la comunicación de la ciudadanía y la supresión de la vía administrativa, se abre la posibilidad de aplicación de cualquier tipo de procedimiento y sanción, además de generar el riesgo de que sea imposible identificar a la autoridad competente para el efecto, dando lugar a la ambigüedad en materia jurídica.

 

Se pretende aprobar UNA LEY PUNITIVA QUE JUDICIALIZA LA COMUNICACIÓN, al elevar el nivel de responsabilidad a la categoría de Ley, ya que se elimina toda vía intermedia y administrativas. Las reformas presentadas darán lugar a una ley destinada a judicializar la comunicación, pues expondrá a los ciudadanos, a los trabajadores de la comunicación y a los medios principalmente locales, regionales y comunitarios a acciones civiles y penales.

 

Bajo la falacia de liberar de responsabilidades administrativas y jurisdiccionales a los medios de comunicación frente a la ciudadanía, las reformas propuestas son regresivas en materia de derechos. La audiencia no podrá exigir el cumplimiento de sus derechos pues el sistema de protección será ineficiente e improcedente.

 

A la par de lo mencionado, las reformas SUPRIMEN LAS ATRIBUCIONES PROTECTIVAS DE DERECHOS DEL CONSEJO DE REGULACIÓN, DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, pues se elimina su atribución de establecer los mecanismos para el ejercicio de los derechos de los usuarios de los servicios de comunicación e información, promoviendo que la posterior defensa de los usuarios de la comunicación se haga a través de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor en lo que respecta a la publicidad engañosa, lo que resulta ser restrictivo en materia de derechos ya que desaparece una función de protección por parte de la principal entidad reguladora.

 

Como si fuera poco, se busca suprimir la atribución del Consejo para elaborar sus informes para que la autoridad de telecomunicaciones resuelva sobre la terminación de las concesiones de radio y televisión cuando se incumplen sus objetivos, con lo que se limita el control del Estado al buen uso del espectro radioeléctrico. Esta atribución no debería desaparecer, sino garantizarse y fortalecer su imparcialidad.

 

Las reformas incrementan el RIESGO DE LA CONCENTRACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN POCAS MANOS pues, al suprimirse la prohibición del artículo 6 de la Ley vigente, que dispone que “los medios de comunicación social de carácter nacional no podrán pertenecer en todo o en parte, de forma directa o indirecta, a organizaciones o compañías extranjeras domiciliadas fuera del estado ecuatoriano ni a ciudadanos extranjeros”, puede facilitar que a través de diferentes movimientos jurídicos y financieros –especialmente fuera de nuestro país- se creen, de forma directa o indirecta, oligopolios o monopolios mediáticos, lo que pone en riesgo el mandato constitucional de democratizar los medios de comunicación.

Como si esto no fuera suficiente, se promueve la REDUCCIÓN DE LA CALIDAD COMUNICACIONAL al derogarse el artículo 9 de la Ley Orgánica de Comunicación, pues se atenta contra una práctica común de los medios de comunicación: la producción de “manuales de estilo” que incluyen códigos deontológicos orientados a mejorar sus prácticas de gestión interna y su trabajo comunicacional. Es necesario aclarar que este artículo no impone dichos códigos sino que exige que esta práctica se generalice entre todos los medios de comunicación, pues resultan vitales para el mejoramiento ético y de calidad de los productos comunicacionales.

 

Las reformas ATENTAN CONTRA EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN, pues suprime avances en materia de derechos y restringe formas de organización y participación ciudadana como son las audiencias públicas, cabildos populares, defensoría de audiencias y consejos consultivos. Esto imposibilita la vigilancia y observancia por parte de la ciudadanía al respeto de sus derechos comunicacionales y viola su derecho a la participación.

 

Nunca estaremos de acuerdo con reformas que FOMENTAN LA PRECARIZACIÓN LABORAL y AMENAZAN LA PROFE-SIONALIZACIÓN DE LOS PERIODISTAS, reformas que signifiquen un RETROCESO EN MATERIA DE DERECHOS y con las que se desconozca que UNO DE LOS OBJETIVOS DE LOS MEDIOS PRIVADOS DE COMUNICACIÓN CONSISTE EN LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PÚBLICO CON RESPONSABILIDAD SOCIAL, lo que implicaría desconocer la responsabilidad que tienen los medios frente a la información que brindan a la sociedad y el impacto en sus derechos. La defensa a ultranza de las reformas en debate se basa en reconocer la supuesta capacidad de LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA AUTORREGULARSE, contraponiendo esta ingenua idea a la necesidad de la existencia de una Ley Orgánica de Comunicación que garantice, en forma efectiva, los derechos comunicacionales que reconoce nuestra Constitución de la República.

 

Las reformas planteadas son ambiguas, dispersas, improcedentes e indebidas, solamente buscan vaciar de contenido a la Ley, restarle eficacia, transformarla en una Ley meramente declarativa que no proteja ni garantice los derechos comunicacionales que, precisamente, determinan la necesidad de su regulación por parte de esta Asamblea Nacional.

Sin embargo, HOY SE QUIERE HACER LO CONTRARIO: la eliminación de la especialidad de materia, sumada al desconocimiento de la acción administrativa, la determinación de sanciones y la identificación de una autoridad competente atenta contra la utilidad, aplicación y fuerza de la Ley, con lo que se desconoce la potestad legal e institucionalidad del Estado, pretendiendo inutilizar una Ley que es resultado del mandato popular expresado en el referéndum aprobatorio de la Constitución de 2008 y que tiene por objeto proteger los derechos a la comunicación, información, libertad de expresión y evitar que cualquier tipo de poder edifique monopolios de información que privilegien el dominio de una sola fuente, limitando la participación de la ciudadanía en el desarrollo del país.

 

Por todo lo señalado, INSISTIMOS EN QUE EXISTEN RESPONSABILIDADES CONSTITUCIONALES QUE NO SE PUEDEN ELUDIR Y QUE DEBEN SER CUMPLIDAS DE MANERA EFECTIVA, por lo que se debe subrayar la necesidad de que la Ley Orgánica de Comunicación no sea meramente declaratoria y que sea un instrumento efectivo de defensa de los derechos y la sociedad.

 

El propio Papa Francisco ha rechazado lo que denomina LOS CUATRO PECADOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN: la calumnia, la difamación, la desinformación y la enfermedad de la coprofilia, es decir buscar siempre comunicar el escándalo.

 

Por eso es necesario contar con una Ley que impida estos abusos, que se cometen cada día en nombre de la tan vilipendiada “libertad de expresión”. No permitamos que estas reformas conviertan a la Ley Orgánica de Comunicación en “letra muerta” y se le arrebate a la ciudadanía la posibilidad de tener un marco jurídico en el cual ampararse.

 

Señoras y señores Asambleístas, LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN NO SIGNIFICA TENER LA LIBERTAD DE DIFUNDIR MENTIRAS. Voto en contra de las reformas propuestas por que no quiero ser cómplice en quitarle a la ciudadanía una herramienta jurídica que le permita hacer respetar sus intereses cuando sientan que sus derechos han sido vulnerados y pisoteados por la aquella prensa que solamente busca réditos económicos y políticos a partir de su labor.

 

Muchas gracias

Soledad Buendía
Asambleísta por Pichincha Otros Movimientos

Integrante de la Comisión De la Biodiversidad y Recursos Naturales Visita mi Perfil

 

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