Esta mañana el Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador, por unanimidad (88 votos afirmativos) aprobó la Ley Orgánica de Movilidad Humana, cuyo informe fue remitido por la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral. Esta aprobación se realizó luego de un amplio segundo debate que inició este miércoles y fue retomado la mañana de hoy, donde se presentaron 23 observaciones que, en su mayoría, fueron analizadas e incorporadas por la ponente del proyecto, asambleísta María Augusta Calle. Durante el debate de esta Ley, la primera aprobada del 2017, María Clara Martin, representante de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Ecuador, señaló que se trata de una ley única, por su integralidad y carácter garantista; y, agradeció el trabajo desarrollado por la legislatura. Esta propuesta ha sido esperada por alrededor de 8 años por la comunidad migrante, con la finalidad de recoger en un solo cuerpo legislativo los derechos y obligaciones de las personas en movilidad humana. Las materias principales que topa esta ley son: emigración, retorno, inmigración, refugio, asilo, apatridia y víctimas de trata y tráfico de personas. Algunos aspectos fundamentales en favor de las personas ecuatorianas retornadas ha sido la determinación del derecho a que se homologue, convalide y reconozca los estudios realizados en el exterior en todos los niveles, de conformidad con la normativa vigente y los instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador. También se garantiza el derecho a la inclusión social y económica en el país. Además, se establecen parámetros claros para la aplicación de exenciones arancelarias para la importación de menaje de casa, equipos de trabajo y vehículos. Otra de las novedades que plantea esta ley es el desarrollo del principio de ciudadanía latinoamericana. Se crea un capítulo que beneficia a los ciudadanos de los países suramericanos para que puedan ingresar libremente a territorio nacional y se simplifican los requisitos para obtener una residencia. Verónica Rodríguez, asambleísta por Manabí e integrante de la Comisión que trabajó el informe, en su intervención planteó realizar una modificación en el segundo inciso del artículo 49 que “prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en la política interna o realizar actividades proselitistas con la intención de afectar la estabilidad política o democrática del Estado. Al respecto, la legisladora precisó que sería complicado determinar la “intención” de afectar al Estado, por lo que propuso una modificación en el texto, misma que fue acogida parcialmente en la propuesta final de votación. Al final de su análisis, Verónica Rodríguez hizo un llamado a apoyar este proyecto de ley, ya que regula la realidad del Ecuador desde la óptica de país emisor y receptor de personas en movilidad humana.
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