GP Personas en Movilidad Humana

Objetivo
Promover los derechos de las personas en movilidad humana dentro y fuera del territorio ecuatoriano, la vigencia plena del marco constitucional, regional y legal que les asiste y la transversalización del enfoque de movilidad humana en el proceso legislativo.

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Asambleístas proponen el reconocimiento de divorcio de ecuatorianos en el exterior

Miércoles, 08 de abril del 2015 - 13:22 Imprimir

Los Asambleístas miembros del Grupo Parlamentario por los Derechos de las Personas en Movilidad Humana presentaron una propuesta a la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, para que en la reforma al Código Civil que tramita se incluya un cambio al artículo 129 vigente, el cual contiene la prohibición de homologar, es decir de aceptar como válidas las sentencias de divorcio extranjeras de las personas ecuatorianas que se han casado en Ecuador pero que residen en el exterior.

La asambleísta Linda Machuca, coordinadora del Grupo Parlamentario por los Derechos de las Personas en Movilidad Humana, señaló que la norma propuesta establece que el divorcio en el exterior se regirá por las normas del domicilio conyugal. “Vemos actualmente una serie de problemas con personas que se casaron en Ecuador, emigraron a otro país y por diversas razones se divorciaron en el exterior, incluso hay quienes volvieron a casarse en otros países, pero resulta que en el Ecuador siguen estando casados. Esto ocasiona una carga emocional muy compleja pero ademas situaciones mas graves como casos de bigamia que pueden dar lugar a problemas familiares y hasta patrimoniales”, dijo.

Muchos de los divorcios han sido llevados a cabo en el exterior por mutuo acuerdo de las partes, sin embargo, en virtud del artículo 129 del Código Civil no han sido reconocidos en el Ecuador y en muchos casos las personas han tenido que volver a divorciarse en el Ecuador. Según la propuesta presentada, para los casos de divorcio contencioso, se garantiza el cumplimiento del debido proceso para la persona que ha sido demandada. No se homologará sentencias de divorcio sin que previamente se resuelvan los derechos de alimentos, tenencias y visitas de hijos menores de 18 años, producto del matrimonio.

Según la asambleísta Linda Machuca esta reforma se presenta en el momento propicio para adecuar nuestra legislación y en este caso particular ajustar una norma que afecta directamente a las personas migrantes. Hay que resaltar que otros países de la región como Colombia, Chile y Perú tenían prohibiciones similares pero en los últimos años han ido haciendo los cambios necesarios para dar paso al reconocimiento de sentencias de divorcio llevadas a cabo en el exterior.

Por su parte, los asambleístas Eduardo Zambrano, Dora Aguirre y Alex Guaman, asambleístas representantes de las circunscripciones del exterior y miembros del Grupo Parlamentario por los Derechos de las personas en Movilidad Humana, promueven la incorporación de esta reforma acogiendo al pedido de la comunidad migrante y con la finalidad de evitar dobles trámites o gastos innecesarios de recursos de los compatriotas migrantes.

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