El día miércoles 15 de julio del presente año, la Comisión de Biodiversidad, de la cuál Elizabeth Reinoso es parte, aprobó el Informe para Primer Debate del Código de Ambiente. Esta normativa tiene como objetivo generar una ley ordenada, integral y completa para el manejo ambiental nacional.
Con 10 votos a favor, el informe de ley recomienda la aprobación de este códio que destaca la necesidad de proteger nuestros recursos naturales garantizando el derecho de las generaciones futuras. La nueva normativa ambiental procura el cuidado del ecosistema para procurar que se cumpla el derecho de los ecuatorianos de crecer en un ambiente sano.
El proyecto de Código del Ambiente está conformado por 287 artículos, 6 disposiciones generales, 8 disposiciones transitorias, 5 disposiciones reformatorias, 8 disposiciones derogatorias, 1 disposición final y glosario de términos. En el libro I se propone el fortalecimiento del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental que funcionará en articulación con las instituciones del Estado con competencia ambiental. En este texto, se propone la creación de la Agencia de Regulación y Control del Ambiente, entidad que ejercerá la regulación, vigilancia, auditoría, intervención, fiscalización, seguimiento y control ambiental.
Para la conservación, manejo, uso sustentable y la distribución justa y equitativa de los beneficios provenientes de la biodiversidad y de sus componentes, el Libro II propone la creación del “Sistema Nacional de Áreas Protegidas”. El Libro III establece el fortalecimiento del Sistema Único de Manejo Ambiental y el Sistema Único de Información Ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental. Y el Libro IV se regulan las políticas de Estado sobre el cambio climático, mediante de la creación de un registro nacional sobre las acciones que el Estado realiza para combatir el cambio climático.
Las obligaciones especiales para entidades públicas y privadas en las áreas de zona costera se encuentran sistematizadas en el Libro V mientras que el Libro VI tiene como objetivo el fomento de planes y programas de incentivos ambientales, para configurar estrategias conjuntas que hagan efectiva la gestión ambiental y que reduzcan la contaminación del aire, suelo y agua.
Por último, el Libro VII establece las infracciones y las sanciones administrativas, en materia ambiental, que se clasifica en leves, graves y muy graves y serán aplicadas según su gradualidad, con la multa y las sanciones que se expidan para el efecto.
Vale recalcar que este proyecto de ley aún es perfectible; por lo que la Comisión está atenta a las observaciones que se eleven a raíz del Primer Debate de este importante código, ya que el objetivo del mismo es alcanzar un nivel normativo que permita el cuidado y prevención ambiental.
Nacida en Baños de Agua Santa - Provincia de Tungurahua, a sus 31 años se desempeña como una joven Asambleísta representante de los tungurahuenses. Es Ingeniera en Contabilidad y Auditoría por la Universidad Técnica de Ambato y Magister en Auditoría Ambiental por la Escuela Politécnica del Ejército. Actualmente es miembro de la Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales, del Grupo Parlamentario Amazónico, del Grupo Parlamentario de Amistad Ecuador – Francia y Directora Cantonal del Movimiento Alianza País – Baños de Agua Santa.