Mediante Registro Oficial 413 del 10 de enero de 2015, entró en vigencia la resolución 008 –CNC-2014, emitida por el Consejo Nacional de Competencias, cuya arte medular reza: “Asúmase e impleméntese el ejercicio de la competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias, por parte de los gobiernos autónomos descentralizados provinciales y parroquiales rurales”.
Asimismo señaló que a los GAD parroquiales rurales en el marco de la competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias, corresponde la facultad de gestión parroquial rural, por lo que deben efectuar y mantener la coordinación necesaria con los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, para garantizar el ejercicio adecuado de la competencia, y cubrir la demanda productiva territorial. Además ejercer actividades de gestión
como:
1. Brindar servicios de asistencia técnica sobre temas relacionados a la producción.
2. Implementar programas y proyectos para incentivar la preservación y para socializar los saberes ancestrales orientados a la producción.
3. Coordinar la administración de talleres de procesamiento productivo para agregación de valor, especialmente para pequeños productores.
4. Implementar programas y proyectos de impulso a la conformación de estrategias asociativas de producción y comercialización.
5. Implementar proyectos para incentivar el desarrollo económico territorial y el desarrollo de actividades productivas comunitarias.
6. Establecer espacios para comercialización interna de corto plazo.
7. Brindar servicios de información sobre oferta de productos y servicios locales.
8. Implementar programas y proyectos de impulso a la conformación de redes de comercialización interna.
9. Implementar proyectos y programas de promoción de la producción local.
10. Gestionar recursos con el gobierno central para incentivar e implementar programas y proyectos de fomento productivo.
11. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.
El asambleísta Ricardo Zambrano Arteaga, resaltó que con esta decisión los GAD provinciales, podrán asumir la rectoría en las políticas públicas agropecuarias, y la facultad de planificar, regular, gestionar y controlar actividades productivas en los sectores industrial, turístico o científico y tecnológico, con lo que se espera fortalecer la infraestructura y las capacidades del sector agrario.