Competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias, a favor de los GAD

Jueves, 05 de marzo del 2015 - 17:05 Imprimir

Mediante Registro Oficial 413 del 10 de enero de 2015, entró en vigencia la resolución 008 –CNC-2014, emitida por el Consejo Nacional de Competencias, cuya arte medular reza: “Asúmase e impleméntese el ejercicio de la competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias, por parte de los gobiernos autónomos descentralizados provinciales y parroquiales rurales”.

Asimismo señaló que a los GAD parroquiales rurales en el marco de la competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias, corresponde la facultad de gestión parroquial rural, por lo que deben efectuar y mantener la coordinación necesaria con los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, para garantizar el ejercicio adecuado de la competencia, y cubrir la demanda productiva territorial. Además ejercer actividades de gestión

como:

1. Brindar servicios de asistencia técnica sobre temas relacionados a la producción.

2. Implementar programas y proyectos para incentivar la preservación y para socializar los saberes ancestrales orientados a la producción.

3. Coordinar la administración de talleres de procesamiento productivo para agregación de valor, especialmente para pequeños productores.

4. Implementar programas y proyectos de impulso a la conformación de estrategias asociativas de producción y comercialización.

5. Implementar proyectos para incentivar el desarrollo económico territorial y el desarrollo de actividades productivas comunitarias.

6. Establecer espacios para comercialización interna de corto plazo.

7. Brindar servicios de información sobre oferta de productos y servicios locales.

8. Implementar programas y proyectos de impulso a la conformación de redes de comercialización interna.

9. Implementar proyectos y programas de promoción de la producción local.

10. Gestionar recursos con el gobierno central para incentivar e implementar programas y proyectos de fomento productivo.

11. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

El asambleísta Ricardo Zambrano Arteaga, resaltó que con esta decisión los GAD provinciales, podrán asumir la rectoría en las políticas públicas agropecuarias, y la facultad de planificar, regular, gestionar y controlar actividades productivas en los sectores industrial, turístico o científico y tecnológico, con lo que se espera fortalecer la infraestructura y las capacidades del sector agrario.

Ricardo Zambrano
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Presidente de la Comisión De la Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero | Alianza PAIS - Unidad Primero

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