En cumplimiento de la Constitución, la Asamblea Nacional, ejerce a plenitud la función de fiscalización y control político de forma responsable, ética y participativa, dando seguimiento a las políticas públicas y a la revisión periódica del nivel de cumplimiento de los indicadores de gestión en distintas entidades del Estado.
La Constitución de la República, en su artículo 120 numeral 9, señala que la Asamblea Nacional tendrá como una de sus atribuciones fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral, de Transparencia y Control Social y los otros órganos del poder público así como requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias.