CONFERENCIA MAGISTRAL DEL COMPAÑERO ALVARO GARCIA LINERA

Martes, 29 de septiembre del 2015 - 20:11 Imprimir

Martes 29 de septiembre
Saludos Compañer@s
09h00 Asistimos a la conferencia magistral del compañero ALVARO GARCIA LINERA, VICE PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, CON EL TEMA: EL PROCESO BOLIVIANO EN LA CLAVE REGIONAL, contenido que lo compartiremos con ustedes mas adelante de tan extraordianria ponencia. ‪#‎ELAP_ECUADOR2015‬

10:30 INICIO LA SESION DEL PLENO sesión 349. Pleno analiza informe de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado sobre tema de ‪#‎DerechoDeRepetición‬ Conocimiento y resolución sobre el Informe presentado por la Comisión Especializada Permanente de Justicia y Estructura del Estado, para determinar la identidad de los presuntos responsables de la violación de los derechos establecida en la Sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) en el Caso Quintana Coello y Otros vs Ecuador; que se litigo en dicha jurisdiccion contenciosa. Dicho caso se refiere al cese de los vocales del Tribunal Constitucional realizado por el Congreso Nacional, el 25 de noviembre de 2004, asi como los juicios politicos iniciados en contra de algunos de los Vocales de dicho Tribunal Constitucional el 1 y 8 de diciembre de 2004.
El 4 de Nomviembre de 2013, ka Corte srntencio al Estado Ecuatoriano a reparar a las victimas de las violaciones de los derechos humanos con un monto total de 2´222.822.29 rubro que fue pagado por el Estado Ecuatoriano el 19 de mayo de 2014. Cabe indicar que el Derecho de Repetición permite que el Estado Ecuatoriano recupere esos vaolores mediante demanda a los congresistas de esa epoca que votaron a favor de cese de funciones de estos vocales, el hecho esta en que el Congreso de esa espoca se arrogo funciones que no le competia. Por esa razón, el Estado demandará a quienes resulten responsables, la devolución de lo cancelado como consecuencia de haber sido condenado por instancias judiciales Nacionales e internacionales.
En el inciso segundo del numeral 9 del articulo 11 de la Constituión manda que el Estado, sus delegetarios, consecionarios, y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estaran obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la presentación de los servicios públicos o por las acciones u omisiones de sus funcionarios o funcionarias. Esta Resolucion que fue aprobada.

El segundo punto del orden del dia: Conocimiento y resolución sobre el Informe presentado por la Comisión Especializada Permanente de Justicia y Estructura del Estado, para determinar la identidad de los presuntos responsables de la violación de los derechos establecida en la sentencia dictada por la Corte IDH en el Caso Camba Campos y otros vs Ecuador. Relacionados a cese de funciones de los jueces de la Corte Suprema de Justicia en el año 2004, la Corte sentencio al Ecuador a la reparacion de victimas con el pago de 12´353.709.4 como reparacion de las victimas. El Estado en uso de sus atribuciones hace uso al #DerechoDeRepetición como en el caso anterior por tratarse de la misma figura política y legal: "Arrogarse funciones que no les correspondía al Congreso del Viejo País".

Bairon Valle
Asambleísta por Guayas Otros Movimientos

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Visita mi Perfil

 

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