Oficina:
Artículo 1. Objeto.- La presente Ley tiene por objeto establecer el marco institucional y normativo para regular la integración, funciones y fines de los Consejos Nacionales para la Igualdad, instancias que formularán e implementarán políticas públicas destinadas a garantizar la igualdad de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos. De forma que puedan ejercer sus derechos en condición de igualdad y diversidad en un marco de no discriminación.