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DEFENSOR DEL PUEBLO SUGIERE QUE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA SE RIJA POR SU PROPIA LEY

Miércoles, 19 de noviembre del 2014 - 17:16 Imprimir

La Comisión Ocasional que analiza las enmiendas constitucionales, continuó receptando las observaciones de los diferentes sectores involucrados en el tema. Esta mañana escuchó los criterios del Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, quien señaló que la propuesta de enmienda que plantea que la estructura de la Defensoría sea a través de la desconcentración y observancia de la división territorial judicial, no es procedente.

Aclaró que la Defensoría tiene a su cargo la defensa de los derechos de los consumidores, de los usuarios, lo que no influye el sector judicial, por lo que pidió se observe la necesidad de que la organización administrativa de la Defensoría del Pueblo se rija por su propia ley.

Recordó que la Constitución señala que la Defensoría del Pueblo no es un órgano de La Función Judicial, por tanto, no tiene facultad sancionadora. Tiene una estructura desconcentrada de división territorial judicial, puntualizó.

Explicó que en el ejercicio de la autonomía administrativa que tiene la Defensoría del Pueblo (de gobernarse de forma independiente) no se encuentra justificación para que en su estructura administrativa se sujete a realidades de otras instituciones o funciones, no solo por respeto al principio de división de funciones, sino por la independencia institucional y el cumplimiento de competencias propias.

Por tanto, argumentó que le corresponde en base al principio de autonomía administrativa a la propia Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo señalar cuál debe ser su organización territorial, y no cree que sea la Constitución la que determine cuál es su división territorial y mucho menos, que esta división territorial se supedite a otra función del Estado.

En este marco, el asambleísta Fausto Cayambe aclaró que la enmienda no  toca la razón de ser de la Defensoría del Pueblo, sino, que se refiere a una organización administrativa y territorial y apoya para que proteja y tutelen los derechos, al tiempo de argumentar que la Constitución establece que la Defensoría debe vigilar el debido proceso. 

Soledad Buendía acotó que la enmienda fortalece el  ejercicio constitucional que debe cumplir la Defensoría del Pueblo y sobre todo acercar el trabajo a territorio, mientras que la segunda vicepresidenta Marcela Aguiñaga preguntó sobre el  impacto al derecho del ciudadano en la tutela de sus derechos.

Respaldo a enmiendas

En esta sesión también intervino Alan Chicaiza, representante de las juventudes de Alianza PAIS, quien respaldó las enmiendas y afirmó que la propuesta de la reelección se la debe considerar como una decisión política que se definirá con el voto de los ciudadanos en las urnas.

Dijo que son los ciudadanos, a través del voto, los que deciden si una autoridad de elección popular debe continuar o no.

RSA/pv

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