El presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional la objeción a parcial al proyecto de Ley de los Consejo Nacionales para la Igualdad, que promueve la protección y garantía de los derechos de las personas, grupos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, estableciendo mecanismos para la igualdad formal que garanticen la no discriminación en la diversidad intercultural para la construcción del Estado plurinacional e intercultural.
De conformidad con la normativa constitucional y legal vigente, la objeción será resuelta por el Pleno de la Asamblea Nacional en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación
El primer Mandatario recomienda textos alternativos a los artículos 8 y 11, así como a las disposiciones transitorias sexta y décima y a las disposiciones reformatorias primera y segunda.
En el artículo 8, el presidente Correa recomienda que para participar como representante de la sociedad civil, se requiere ser sujeto destinatario de la política pública conforme a las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidades y movilidad humana, del consejo para el cual se aplica; y no titular de derecho como constaba en el texto inicial.
Igualmente en el artículo referente a la designación de los secretarios técnicos, el mandatario propone, -a más de los requisitos expuestos en el texto inicial -que éstos deban poseer tercer nivel de educación superior.
Los secretarios técnicos serán designados por el Presidente del Consejo respectivo, de fuera de su seno, serán de libre nombramiento y remoción, deberán poseer tercer nivel de educación superior. Ejercerán la representación legal, judicial y extrajudicial de los Consejos Nacionales para la Igualad.
Sobre la disposición transitoria sexta propone que los recursos financieros, de infraestructura, los bienes muebles e inmuebles del Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador pasarán a formar parte de la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, creada en la Ley de Economía Popular y Solidaria, fortaleciendo y ampliando la cobertura de los servicios de banca de segundo piso para las nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios.
El recurso humano que actualmente presta sus servicios en el Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador, podrá pasar a la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, previa evaluación y calificación por parte del Ministerio de Relaciones Laborales y de conformidad con los requerimientos institucionales.
Asambleísta reelecto por la Provincia de Morona Santiago, por el proyecto de la Revolución Ciudadana."Abogado con postgrado en Derecho Penal, Doctor en Jurisprudencia, Dirigente Estudiantil, Dirigente Universitario, Dirigente Gremial, hombre de teoría revolucionaria".