El director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción, Xavier Sisa, señaló que el proyecto de ley urgente que tramita la Asamblea Nacional es beneficioso para todos los sectores productivos del país, que es una de las inquietudes y propuestas que presentaron al Presidente de la República el pasado 21 de marzo y responde a la necesidad de impulsar las actividades productivas y a mejorar la solvencia, rentabilidad de las empresas y de los contribuyentes, sobre todo, en un año difícil para las finanzas públicas y privadas.
En la reunión de trabajo de la Comisión de Régimen Económico, el dirigente gremial pidió habilitar la aplicación de la remisión con la sola presentación del escrito de desistimiento, acompañando el comprobante de pago de la obligación y la notificación respectiva a la autoridad tributaria, pero sin necesidad de esperar la aceptación del Tribunal.
Efectuado el pago, las autoridades que estén a cargo del conocimiento de las impugnaciones, por sí mismas deben ordenar la cancelación de las garantías que hayan sido rendidas por el contribuyente, dijo.
También solicitó considerar que el contribuyente no necesariamente deba desistir de su reclamación total, sino de aquellos fundamentos que considere necesario, por lo que sería conveniente efectuar pagos parciales de las obligaciones tributarias, las que se beneficiarían con la remisión proporcional al monto pagado, siempre que las obligaciones pagadas puedan distinguirse o separarse del resto de obligaciones que continuarán en impugnación
Sugirió que se amplíe el beneficio a las obligaciones controvertidas con aduanas y a sentencias firmes y ejecutoriadas, tomando en cuenta que existe una importante cantidad de obligaciones impagas que cuentan con sentencia ejecutoriada.
Propuso reconocer que si el pago de la obligación tributaria, corresponde a impuestos nacionales administrados por el SRI y por aduanas, siempre que no sea impuesto a la renta, se considere por esta única ocasión como un gasto deducible.
Si bien a través del proyecto se dan posibilidades para que el contribuyente goce de este beneficio, hay que tomar en cuenta que existe una serie de trámites que se deben realizar para cumplir dicho pago, por ejemplo en materia judicial se establece claramente que debe desistirse de las acciones judiciales, pero el desistimiento va acompañado de un procedimiento propio de todos los juicios y esto implica al menos tres pasos que normalmente no se cumplen dentro de 60 días.
Hay que entender que el sistema de justicia opera con plazos más largos en la tramitación de las causas que aquel que está propuesto en el proyecto de ley, afirmó al solicitar la ampliación de plazo para cumplir todos los trámites o encontrar un mecanismo diferente para el desistimiento.
Asambleísta reelecto por la Provincia de Morona Santiago, por el proyecto de la Revolución Ciudadana."Abogado con postgrado en Derecho Penal, Doctor en Jurisprudencia, Dirigente Estudiantil, Dirigente Universitario, Dirigente Gremial, hombre de teoría revolucionaria".