Intervención Segundo Debate Código General de Procesos (Libros 1 y 2)

Lunes, 06 de abril del 2015 - 15:18 Imprimir

Hoy estamos ante el momento histórico de otorgarle a nuestro país una nueva herramienta jurídica que rediseñe, desde sus cimientos, el modelo procesal y la forma de administrar justicia en el Ecuador.

A lo largo de nuestra vida republicana se han visto cambios en la normativa procesal, pero siempre enmarcados en un sistema totalmente escrito, caracterizado por los extensos tiempos que se requerían para su tramitación, sin considerar el costo económico y el desgaste de las partes que muchas veces provocó el abandono injustificado de las causas, inclusive en perjuicio propio, por el hecho de no poder obtener una resolución efectiva que pusiera fin a la controversia.

Es más, llegamos a asumir, desde las aulas hasta la práctica profesional y experiencia personal, aquella frase de que siempre es mejor un mal acuerdo que un buen juicio ¿Cuántos abogados o estudiantes no repetimos esto, con la intención de no involucrarnos en un trámite que, desde la presentación de la demanda, sabíamos que iba a tener demoras, negligencias y hasta la indiferencia de las y los jueces?

Definitivamente, esta práctica ya no tiene asidero dentro de este nuevo país, que no sólo le ha dado una nueva cara institucional a la justicia, con infraestructura y medios tecnológicos nuevos y modernos, sino también con profesionales seleccionados mediante un estricto concurso de méritos y oposición. Pero debemos ser conscientes, NINGUNO de estos esfuerzos funcionará si mantenemos un sistema procesal totalmente obsoleto y de espaldas a las necesidades de justicia de un país que lo exige a gritos.

Tomando en cuenta todas estas debilidades, es urgente entregar al país este nuevo Código que dé  paso a la sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias mediante el sistema oral, por el cual ya hemos esperado más de 17 años.

Cabe indicar, que si bien el sistema escrito para algunos fue bueno,  hoy evidencia que  conlleva un  alto costo para el ciudadano,  por ello, no hay tiempo que perder en transformar el sistema procesal y quien se oponga a este proyecto insistirá en mantenerse  en aquellas épocas en donde la justicia se encontraba secuestrada por el león que más rugía o el militar que a los jueces movía como fichas de su propiedad... ¡Es necesario dejar ese pasado atrás!

Podemos ser actores y testigos de la transformación del sistema judicial ecuatoriano. Nuestro aporte sustancial y obligación primordial a este proceso es entregarle al país este Código, con el cual tenemos la certeza que reduciremos, simplificaremos y unificaremos los procedimientos y tiempos en el trámite; mediante un sistema oral  regido por los principios: de celeridad, en donde la justicia llegue y llegue a tiempo; de eficiencia, que las resoluciones adoptadas sean justas y apegadas a derecho; de inmediación; de contradicción y tutela judicial efectiva.

En este segundo debate, no quiero dejar de mencionar las   innovaciones que contienen  este  Código, en su libros primero y segundo.

1.      En primera instancia, voy a referirme a un tema esencial en todo proceso y cuya omisión o mala aplicación, podría acarrear nulidad procesal, y ésa es la competencia recaída sobre la o el juzgador, bajo parámetros objetivos, funcionales y territoriales, los cuales permiten diferenciar los tipos y excepciones, así como resolver un posible conflicto de competencia.

2.      En segundo orden, encontramos el derecho que tienen las partes procesales de recusar al juzgador cuando consideren que éste pueda faltar a su obligación de imparcialidad, o de cualquier otra que puede obstaculizar su correcta actuación, como la dilación injustificada en el despacho, respecto de la cual, con este proyecto la o el juzgador tendría la obligación de concluir la audiencias.

3.      En otro aspecto, referente a las partes que intervienen en un juicio, es necesario resaltar que se ha incluido a la naturaleza como sujeto procesal

Recordemos que la Constitución del 2008, por primera vez en el mundo se reconoce a la Naturaleza como sujeto de derechos, con el objetivo que se le respete integralmente su existencia, mantenimiento y regeneración.

En consecuencia, como sujeto de derecho la Naturaleza tiene la capacidad de  ejercer los mismos en los tribunales de justicia no por sí sola, sino a través del Defensor del Pueblo, por lo que, no se permite la reconvención ni demandar a la naturaleza, así como la transacción cuando se produzcan daños ambientales. 

4.      Respecto de las comunicaciones procesales, con el fin de modernizar el sistema, se han incorporado nuevos medios de comunicación, como el electrónico, a fin de garantizar aún más el derecho constitucional a la defensa, como por ejemplo: las citaciones a través de la radio.

5.      Finalmente, y siendo el fin mismo del sistema oral, las audiencias constituyen uno de los principales actos procesales, ya que son en estos espacios donde se recogen de voz de los participantes, los principales hechos fácticos que motivaron la controversia, así como las pruebas que justifiquen estos argumentos y el derecho de contradecirlos.

Finalmente quisiera resaltar y felicitar el trabajo de los colegas de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado para desarrollar el Proyecto del Código Orgánico General de Proceso, así como a todos quienes participaron en la construcción del presente documento: juristas, docentes, abogados en libre ejercicio y estudiantes, cuyos comentarios enriquecieron el trabajo final que hoy se debate, desde su experiencia diaria.

Hoy es el día, señores y señoras en el que podemos decir: ¡Cuenta saldada!; una deuda que nos ha tributado a un costo irreparable lleno de injusticia, corruptela e impunidad. Por eso, todos y todas alzamos nuestras voces y decimos ¡No más! Y decirle a todos y a todas: Ecuador, hoy tendremos un nuevo Código Orgánico General de Procesos; hoy le damos la bienvenida al nuevo rostro de la justicia: aquél que se identifica en el tuyo, en el mío, en el nuestro, en el de todos nosotros.

Gracias.

Marcela Aguiñaga
Asambleísta por Guayas Otros Movimientos

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad |  Visita mi Perfil

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