Propuestas sobre la incorporación del Humedal de la Segua al SNAP fueron entregadas al GAD Chone

Miércoles, 29 de octubre del 2014 - 15:19 Imprimir

Con fecha 23 de octubre el Asambleísta Ec. Ricardo Zambrano Arteaga entregó varias conclusiones y recomendaciones los GAD'S del cantón Chone y la parroquia San Antonio, con el objetivo de que dichas instituciones soliciten la incorporación del Humedal de La Segua (el quinto humedal más importante del país), dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP).

 

En el documento el Asambleísta Zambrano acotó las siguientes consideraciones estratégicas, a fin de que sean analizadas por las autoridades competentes:

 

  1. El humedal de La Segua, comprende 1.742 hectáreas que son parte del estuario del Río Chone. Está ubicado en la región central-norte de la Provincia de Manabí. Ha sido declarado como un sitio Ramsar de importancia a nivel mundial. El humedal y sus alrededores son el hogar de al menos 158 especies de aves.

 

  1. La Constitución del Ecuador, en su artículo 405 determina que el Sistema Nacional de Áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. Éste asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.

 

  1. El Ministerio del Ambiente del Ecuador, como instancia competente para establecer la política ambiental nacional y los procesos para la administración, control, regulación de las áreas protegidas, también trabaja incansablemente en la generación de otras herramientas como lineamientos que estarán a disposición de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, comunidades y propietarios privados. Gobiernos, que tienen la posibilidad de declarar sus predios como áreas protegidas. De esta manera mediante Acuerdo Ministerial 29, publicado en el Registro Oficial 936 del 18 de abril de 2013, se emitieron las Normas del Susbsitema de Gobiernos Autónomos Descentralizados, de las cuales se puede destacar que:

 

El Ministerio del Ambiente, a través de la Subsecretaría de Patrimonio Natural y la Dirección Nacional de Biodiversidad, es el responsable de la aprobación, coordinación, seguimiento, monitoreo y evaluación de las Áreas Protegidas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados que fueren incorporadas al SNAP.

 

La incorporación de las Áreas Protegidas declaradas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados al SNAP, puede efectuarse previa manifestación de la voluntad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

 

El proponente deberá presentar a la Dirección Nacional de Biodiversidad del Ministerio del Ambiente y solicitará su incorporación al SNAP como Área Protegida dentro del Subsistema de Gobiernos Autónomos Descentralizados, los siguientes documentos habilitantes:

 

  1. Estudio de alternativas de manejo.

  2. Declaratoria del área protegida de gobierno autónomo descentralizado mediante Ordenanza o Resolución, según el nivel de gobierno de que se trate.

  3. Plan de manejo validado por el Ministerio del Ambiente.

  4. Documentos de respaldo que demuestren la existencia de participación de actores de todos los niveles de GADs involucrados en la declaración del Área Protegida de Gobierno Autónomo Descentralizado y en la elaboración del Plan de Manejo.

  5. Plan de sostenibilidad financiera del Área Protegida creada.

  6. Documentos de respaldo que demuestren la regularización de la tenencia de la tierra.

 

La Dirección Nacional de Biodiversidad, una vez receptada, la documentación antes mencionada, procederá con el análisis correspondiente y de ser el caso emitirá el informe favorable. Posteriormente, ésta Dirección al contar con el informe favorable, solicitará a su Coordinación General Jurídica la elaboración del acuerdo ministerial correspondiente.


Los Gobiernos Autónomos Descentralizados donde se hubiere declarado Áreas Protegidas del Subsistema de Gobiernos Autónomos Descentralizados tienen la obligación de comunicar la incorporación del área protegida al SNAP a los demás niveles de gobierno involucrados, con la finalidad de gestionar coordinadamente dicha área.

 

Por lo expuesto, en aplicación del Art. 226 de la Constitución de la República que impone a las instituciones del Estado el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines, el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Chone debería de considerar la importancia de que el Humedal de La Segua, forme parte del SNAP, que de conformidad a nuestra Carta Magna, garantizá la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas, pensando siempre en que este espacio natural puede transformarse en un gran Proyecto Turístico Recreativo en Chone, que además beneficiaría a los cantones de su área de influencia como Tosagua, San Vicente, Sucre; y, Bolívar.

 

El presente documento fue enviado con copia al Prefecto de la Provincia de Manabí, Ing. Mariano Zambrano Segovia y al Presidente del Gobierno Parroquial de San Antonio, Señor Wagner Zambrano Rodríguez.

 

 

La honestidad nos llevó a la Asamblea, y el trabajo conjunto nos conducirá a un nuevo país

 

 

 

Ricardo Zambrano Arteaga

ASAMBLEÍSTA POR MANABÍ

 

Para mayor información comuníquese con:

Andrea Zambrano Mendoza.

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Correo Electrónico: ricardo.zambrano@asambleanacional.gob.ec

 

 

 

 

Ricardo Zambrano
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Presidente de la Comisión De la Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero | Alianza PAIS - Unidad Primero

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