La Unidad de Técnica Legislativa (UTL) es el órgano asesor en el proceso de creación de la norma o acto legislativo. Para este fin, elabora informes no vinculantes que sugieren la aplicación de técnicas legislativas, lingüísticas y de estilo para la obtención de una normativa de calidad, acorde al marco constitucional vigente.
La acción que desarrolla la Función Legislativa, debe ajustarse a reglas y a técnicas en general, sin embargo, por lo que atañe al proceso de creación de las leyes, su propósito al legislar debe ser la interpretación de la realidad para normarla, elaborando leyes eficaces que garanticen su vigencia. De ahí, como expresa Meehan, la vigencia “requiere el acatamiento de determinadas reglas técnicas, en las etapas de preparación y emisión de la voluntad legislativa; la aplicabilidad, (…) tanto la eficacia como la conveniencia, el cumplimiento de ciertos preceptos técnicos, referidos principalmente, a su contenido y a su forma” (1976, p. 82).
Por todo lo manifestado, el trabajo de la Unidad trasciende el mero desarrollo de una “literatura jurídica”. Este debe responder a situaciones significativas, como la necesidad de formular los instrumentos normativos en forma clara y uniforme, de tal manera que la decisión política que se pretende, a través de ellos, llegue por la lectura de la norma en forma inteligible.
PROPÓSITOS DE LA UNIDAD DE TÉCNICA LEGISLATIVA
1. Brindar un acompañamiento de calidad en el proceso de creación de las leyes y actos legislativos.
2. Determinar parámetros que sirvan de referente en la creación jurídica y lingüística de las leyes y actos legislativos.
OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE LA UNIDAD DE TÉCNICA LEGISLATIVA
1. Asesorar jurídica y lingüísticamente durante el proceso de formación de la ley y actos legislativos.
Elaboración de un Proyecto de Ley que amplíe las atribuciones de la Unidad, determinadas en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Ensayo del Modelo de acompañamiento a la creación de la norma.
Establecer los mecanismos de asesoramiento de la Unidad en todo el proceso de creación de la ley.
Definición de los momentos y límites de la participación de los asesores de la Unidad.
Elaboración de los respectivos informes de evaluación formativa.
Diseñar un programa secuenciado de capacitación especializada para la correcta aplicación de la técnica legislativa y el apropiado manejo morfosintáctico del idioma.
Planteamiento de la oferta de capacitación especializada en las áreas de técnica legislativa y de competencias lingüísticas.
Contrastación de los resultados de la evaluación diagnóstica de la capacitación especializada con la evaluación formativa para la estimación de los estándares de desempeño laboral.
Evaluación del impacto institucional de la capacitación especializada, a través de la opinión de otros organismos públicos y la ciudadanía en general.
Generar oportunidades de transferencia de conocimientos innovadores a las prácticas legislativas cotidianas.
Elaboración de los manuales de Técnica Legislativa y de Estilo y de fichas legislativas.
Asesoramiento jurídico en la creación de proyectos de ley.
Realizar el seguimiento al proceso de aplicación de las nuevas leyes que entran en vigencia.
Diseño de un sistema de evaluación de seguimiento relativo a la aplicación de las leyes.
Ejecución del sistema.
Elaboración de informes finales.
Combinar procesos relativos al mejoramiento profesional desde el debate orientado a la generación de una nueva imagen de la Asamblea Nacional.
Elaboración de documentos informativos y académicos para publicarlos en la página web de la Asamblea.