RAZONES Y SIN RAZONES EN TORNO AL DEBATE DEL CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO

Jueves, 31 de julio del 2014 - 11:08 Imprimir

RAZONES Y SIN RAZONES EN TORNO AL DEBATE DEL CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO

Virgilio Hernández Enríquez[1]

(PARTE 1)

10 RAZONES PARA APOYAR AL CÓDIGO

1. ROL DEL ESTADO

La discusión presentada a propósito del Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF), nuevamente es en realidad un debate sobre los roles del estado y de su capacidad para planificar, regular, controlar y redistribuir por eso les parece extraño que el Estado intente recuperar mecanismos para la generación de desarrollo productivo, fuentes de trabajo o que  prohíba a personas con conflicto de interés regulen el sistema financiero; peor aún les suena a herejía  recuperar para el estado la potestad, -inclusive aceptada por liberales pero renegada de forma expresa por los neoliberales criollos-, de regulación, supervisión, control y rendición de cuentas del sistema financiero, monetario, de seguro y valores. Arts. 2 y 7 de COMF.

Para nosotros el procurar la estabilidad financiera es un objetivo subordinado a los objetivos principales del desarrollo nacional, por ello, con  la nueva normativa se pretende asegurar que el ejercicio de las actividades monetarias, financieras, de valores  y seguros  sea consistente e integrada; al mismo tiempo se pretende mitigar los riesgos sistémicos y reducir las fluctuaciones económicas para proteger los derechos de los usuarios de los servicios financieros, de valores y seguros; con todas estas acciones , lejos de debilitar la dolarización esta se fortalecerá. (Arts. 3, 4 y 94 de COMF)

2. CONFLICTO DE INTERESES

El COMF regula que los miembros de la Junta de Regulación y Politica Monetaria y Financiera y los integrantes de los órganos de control, tengan conflicto de interés  con personas con propiedad patrimonial y con administradores de las entidades financieras privadas y de la economía popular y solidaria. De igual forma, prohíbe que personas con información privilegiada trabajen en el sistema financiero privado y de economía popular y solidaria, para evitar la ventaja de información en beneficio de pocos. (Art. 7 y8.)

Se crea con el COMF la Junta de Política y Regulación monetaria y Financiera que reemplaza a 4 organismos ahora existentes, conformada por representantes  del ejecutivo y que tiene la facultad de regular y establecer políticas para el manejo de los sistemas financiero y monetario. (Art. 14 COMF)

3. FONDO DE LIQUIDEZ

Las deficiencias de liquidez, no de solvencia, que enfrenten los bancos, podrán ser cubiertas con el Fondo de Liquidez, que actuará como prestamista de última instancia. Es decir, ya no van a ser los recursos del Estado que  utilizarán  para resolver problemas de liquidez sino del fondo que se aporta por parte del sistema financiero. Arts. 334-344 COMF

4. INCLUSIÓN FINANCIERA

EL COMF permite mayor inclusión regulando:

a) Moneda electrónica respaldada por activos líquidos del BCE, que permita que el 40% de los ciudadanos que no tienen cuenta puedan realizar sus transaciones con mayor seguridad.

 b) El costo de tasas y comisiones por la utilización de tarjetas de crédito y débito por parte de  pequeños locales comerciales.

c) El crédito por parte de las casas comerciales a los  ciudadanos.

d) Las tasas de interés aplicables a las operaciones crediticias que podrán definirse por segmentos, actividades crediticias y otros criterios. (Art. 14 COMF)

5. JUNTA DE REGULACIÓN

Con el COMF se crea un solo organismo, la Junta de Política y Regulación  que remplaza lo que ahora realizan  la Junta Bancaria, el Directorio del Banco Central, la Junta de Regulación del Mercado de Valores y la Junta que regulaba lo relacionado al aspecto financiero de la economía popular y solidaria. Si hacemos un análisis cuantitativo, estos organismos tenían más atribuciones que las que hoy tiene la Junta. Esta Junta está integrada por cinco representantes del ejecutivo, puesto que es mandato constitucional que la función ejecutiva tiene la rectoría de las políticas, en este caso, de las relacionadas con los ámbitos monetario, financiero, de valores y seguros. El organismo tiene, además,  entre sus principales funciones regular a las entidades financieras, conocer los resultados de los órganos de control, autorizar la política de inversiones de los excedentes de liquidez y lo relacionado con el manejo de la reserva internacional; pero quizá lo que más le molesta a los sectores de poder, es que tenga capacidad para controlar las operaciones de crédito de las casas comerciales o la regulación de sueldos de altos ejecutivos, lo que incluso llegan a señalar como inconstitucional, no hay duda, es un  sector acostumbrado a tener muchos privilegios y a demandar siempre los menores controles. (Artss 13 y 14 COMF) La Ley garantiza, además, el cumplimiento del mandato constitucional de que no puede haber grandes diferencias entre las tasas activas y pasivas.

6. SE FORTALECE DOLARIZACIÓN Y MONEDA ELECTRÓNICA

En el proyecto de COMF pretende como objetivos potenciar la generación de trabajo y la producción de riqueza, procurar el acceso al crédito y la sostenibilidad del sistema financiero. En ese marco garantiza en el artículo 94 que la moneda que se utilizará en Ecuador  es el dólar norteamericano y en el artículo 98 de forma expresa prohíbe la emisión o reproducción de moneda. En el proyecto se aclara que la moneda electrónica estará respaldada por los activos del Banco Central y su utilización será siempre voluntaria y contra el saldo de cada persona que decida su utilización

7. SEGURO DE DEPÓSITOS

Se protege a los ahorristas no sólo de los Bancos sino de Mutualistas y Cooperativas. En el proyecto se señala que los depósitos están asegurados hasta un monto de 32 mil dólares para el caso de los bancos y de hasta 11 mil, paulatinamente, para las cooperativas. Sin embargo, cabe resaltar que esos montos se pagarán para cada institución financiera, por cuanto el Estado reconoce la contribución de los ciudadanos en diversificar el riesgo.

Se fortalece la capacidad de regular y controlar para que los recursos de los ciudadanos estén mejor protegidos, creando un seguro de Seguros Privados, que al igual que el Seguro de Depósitos y el Fondo de Liquidez será manejado por la Corporación de Seguro de Depósito, COSEDE.

Se establece la posibilidad de que la caja comunal pueda tener reconocimiento jurídico y formar cajas centrales.

8. CRÉDITOS PARA LA PRODUCCIÓN

En el proyecto de COMF, Art. 209 se generan políticas  para orientar y direccionar el crédito; esto implica que el Estado puede establecer incentivos que permitan el establecimiento de líneas de crédito por ejemplo, para crédito educativo, desarrollo territorial, desarrollo productivo, etc. Es fundamental reiterar que en ningún caso el Estado, ni la Junta ni el Banco Central le van a decir a un banco privado quien es o no sujeto de crédito, sino que esa decisión le corresponde a cada institución financiera que puede acogerse o no a las políticas o incentivos que le ofrezca el Estado.

9. GARANTÍA DE OPERACIONES DE CRÉDITO

Los banqueros abusando del poder originado en la concentración de los depósitos impone a las personas que necesitan crédito condiciones abusivas como la entrega de garantías por encima de los montos de crédito aún cuando muchos de los créditos son hipotecarios o prendarios. Frente a este abuso, el Art. 214 permite que la Junta de Regulación establezca los casos en los cuales se deba contar con garantía obligatoria y sus montos. Esto a su vez disminuirá la pretensión de los bancos de castigar a todos los créditos con un tipo de tasa de interés como microcrédito, es decir superior al 24%.

10. NUNCA MÁS BANQUEROS RICOS CON BANCOS QUEBRADOS

La Ley ordena que en caso de liquidación forzosa los accionistas, administradores de  las entidades bancarias deberán responsabilizarse con todos sus bienes y propiedades, incluidos la de sus familiares inmediatos, para cancelar todas las obligaciones que tengan con sus depositantes. Nunca más en el Ecuador bancos quebrados con banqueros ricos

(PARTE 2)

10  RAZONES POR LAS QUE A LA OPOSICION NO LE GUSTA EL CÓDIGO

1. Según los ideólogos neoliberales, la autoregulación del sistema bancario genera una mejor asignación de los recursos financieros. Por ello, la oposición sostiene que es contrario a la estabilidad financiera y a la dolarización la intervención del Estado. Incluso llegan a plantear que estos objetivos monetarios y financieros deben ser un PRINCIPIO fundamental.

2. Los sectores financieros privados y la oposición, no se resignan con la disposición constitucional constante en el  Art. 232 de que los regulados no pueden establecer autorregulaciones. El Mov. Político CREO plantea que Junta debe integrarse con 8 miembros, de los cuales 5 deben ser del sector privado. PSC y PSP coinciden con la participación del sector finanicero privado; parecería que las nefastas experiencias que vivió el Ecuador no les sirve para entender que la autoridad del estado debe estar en beneficio de los ciudadanos y no de los intereses corporativos, por poderosos que estos sean

3. La oposición y la banca, en su momento, se opusieron al Fondo de Liquidez, ahora este tiene un monto de 2 mil millones. Las propuestas de CREO y Madera de Guerrero- PSC buscan impedir que inversiones del Fondo de Liquidez, debidamente garantizadas, se realicen en el país

4. La oposición, que en ocasiones mira el mundo desde las oficinas de gerencia de las  instituciones privadas, no puede entender que cerca de un 40% de ecuatorianos no tiene cuenta bancaria, por ello se opone a la moneda electrónica y posibilidad de que la Junta regule, a través del Banco Central del Ecuador, su funcionamiento. No son capaces de entender, que, por ejemplo, ello permitirá transacciones con mayor seguridad en lugares como Ipiales, bahías y otros centros de comercio

5. De acuerdo con el análisis estadístico realizado por Ximena Ponce, a pesar de que el Código tiene más de 500 artículos y deroga 30 leyes,  se hicieron observaciones al menos de 200 artículos y a 29 de  las más de 90 disposiciones; de todas ellas, 90 de las observaciones son relacionadas con la conformación de la Junta, sus funciones, responsabilidad de sus miembros, prohibiciones  y conflicto de interés. Además resulta curioso, como para la oposición la independencia no esta vinculada al interés general sino a la pertenencia al sector financiero privado. Muchas de las observaciones plantean incorporar de uno a seis miembros de la banca, pero sin duda, la reflexión de la asambleísta Mae Montaño demuestra esta confusión entre interés corporativo y acción estatal, propone: “Cambiar la conformación de la Junta de regulación con el objetivo de tener una entidad de control y regulación independiente. Adicionalmente que sus miembros tengan conocimiento técnico y experiencia respectiva para tomar decisiones informadas y no llevar a cabo medidas de carácter discrecional” , por eso plantea cinco representantes del sector privado 

La oposición dice que la intervención del Estado es contraproducente porque afecta al libre juego de la oferta y demanda en el mercado del dinero del crédito.

6. En las observaciones recibidas, -como ya comenté-, existieron Asambleístas,  que señalaron que la dolarización debe ser el principio y fin de la política pública y  monetaria; al igual que en otras ocasiones, levantaron el fantasma del fin o debilitamiento de la dolarización e incluso encontraron en la utilización de formas de inclusión, como la moneda electrónica, la amenaza al sistema, veamos lo que afirma la Asambleísta del PSC, Cristina Reyes: “El dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, las monedas nacionales y la moneda electrónica, van a ser aceptados como medios de pago, con poder liberatorio y serán de curso legal. ¿Estamos ante un sistema de convertibilidad? No es poner en riesgo la dolarización?” Obviamente más que desconocimiento de lo que significa la convertibilidad, las afirmaciones van encaminadas a generar  miedo como recurso político sin importar la incertidumbre que pudiesen generar  en la sociedad. Afortunadamente hay una economía estable que incluso puede soportar esta clase de afirmaciones.

7. En las propuestas que realiza la oposición se señala que la ley debe aclarar que el Fondo de Seguro de Depósito y el Fondo de Liquidez son “de naturaleza privada” y por ende sostiene que en el Directorio de la COSEDE debe existir participación voz y voto de los delegados de el Sector Financiero Privado.

Sobre esta afirmación es necesario realizar algunas precisiones. En primer término y así lo dice la ley el Fondo de Seguro de Depósito es de naturaleza pública (Art. 326 COMF), puesto que los bancos pagan una prima al Fondo que es administrado por la COSEDE y por ende una vez que pagan esos recursos ya no les pertenece

El Fondo de Liquidez, si bien es cierto es de naturaleza privada (Art. 336 COMF), sin embargo es administrado ahora por el Banco Central y en la propuesta de Ley por la COSEDE , puesto que el objetivo de dicho fondo es que se convierta en prestamista de última instancia en el caso de que los bancos tuviesen problemas de liquidez, por ende es imposible que la banca privada administre dicho fondo.

8.  En el debate público y en las propuestas presentadas por los sectores de la oposición han señalado que con la orientación y direccionamiento del crédito, el Estado busca dirigir la actividad de la banca privada y por ello señalan que esta disposición debería eliminarse del código. De forma permanente dicen, sin fundamentar que esto ha fracasado en Venezuela, sin embargo, ocultan que medidas como estas fueron utilizadas en países como Estados Unidos, Alemania, Corea y que no son extrañas a otros de la región como Colombia, Perú, Chile, etc.

9. Respecto a la garantía de crédito, los sectores políticos de la opsocición señalan que la interferencia del Estado impedirá que cada banco defina la manera propia de “garantizar a los depositantes, es decir, pretenden que la sociedad consuma que el banquero es el  mejor garante de los depositantes y por ende apoyan propuestas tan absurdas como que todas las operaciones crediticias tienen que rendir una garantía sin importar la naturaleza del crédito.

10. La asambleísta Cristina Reyes dice que “Con los fundamentos a los Art. 11 y Art. 233 de la Constitución de la República, la Comisión debe revisar la primera disposición general así como de otros textos del proyecto que eximen de responsabilidad a funcionarios públicos encargadas de dictar políticas y lineamientos”.

Por las mismas razones, Reyes cree que se debe revisar la disposición general novena.

 (PARTE 3)

10 SIN RAZONES

¿POR QUÉ SECTORES DE PODER CÓMO ABPE[2] Y COMITÉ EMPRESARIAL, SE OPONEN AL COMF?:

1. La Asociación de Bancos Privados se oponen a que la actividad financiera sea un servicio de orden público y con potestad del Estado, dice que eso significaría “publicar una actividad sustrayéndola de la esfera privada y reservando su prestación únicamente para el estado, pudiendo este sólo delegar tal prestación a privados…” En estas expresiones en primer lugar se evidenvia una grave confusión conceptual que reduce lo público solamente a lo estatal y el orden público a los controles; su verdadera angustia es evitar la adecuada regulación, control y la adecuada  del capital. Art. 143 del COMF.

2. En las observaciones de la ABPE señalan que Estado debe ser responsable de un posible mal manejo por el hecho de establecer regulaciones, dicen: “Este límite de responsabilidad nos parece injusto y desproporcionado a la luz de que las instituciones del sistema están obligadas a cumplir con las disposiciones normativas y legales emanadas de esta  ley y de la Junta” (Pág. 3 del documento de ABPE) Tal parecería que la crisis del 99 sólo fue un espejismo que nunca sucedió.

3. Pretenden que en la Ley se determine que los recursos del Fondo de Liquidez deberán invertirse en entidades con calificación internacional AA+ o superior. Esto es, quieren QUE POR MANDATO LEGAL, sólo sea en instituciones privadas del extranjero exclusivamente. (Pág. 4 del comunicado de ABPE)

4. El punto 3 del comunicado del Comité Empresarial, repite una falacia de la década de los 90, es decir que temas como el manejo de la economía son asuntos técnicos y no políticos. Pensadores como Jurgen Habermas señalan que una de las perversidades de política moderna es pensar que asuntos políticos son técnicos, con lo que excluye de la discusión a la mayoría de ciudadanos. Además se oponen a moneda electrónica, porque señalan que  no se precisa su alcance y mecanismos de conversión; a pesar de que en el proyecto se dice que estará respaldada por activos de Banco Central y su utilización será siempre contra el saldo de las personas

5. Tanto el documento de la ABPE (Punto10) como el Manifiesto del Comité Empresarial,  punto 2, expresan su rechazo a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Digamos las cosas como son, los sectores de poder aún extrañan los viejos tiempos en que las Juntas Monetarias y los Directorios del Banco Central estaban dominadas por los propios banqueros,  sus empleados o en el mejor de los casos por personas que no tenían capacidad para enfrentar el poder fáctico de los grandes grupos financieros. Saben que ahora la Constitución impide que los regulados puedan integrar los órganos de regulación, sin embargo, no pierden oportunidad  para plantear que en el Consejo Consultivo debe existir dos representantes del sector financiero privado, que además cuenten con  información privilegiada antes de que las regulaciones se difundan e implementen.

Según la ABPE la banca privada ha venido cumpliendo eficientemente sus funciones de intermediación  y, según ellos, la cartera de crédito se destina para actividades productivas pero de corto plazo, es decir el comercio. A su criterio, esto a mediano y largo plazo minaría la expansión crediticia.

6. La Asociación de Bancos Privados del Ecuador, en el comunicado que a su vez inspiró a varios asambleístas, señala que la dolarización debe ser considerada un principio, en la página 2 de su comunicado dice: “un principio constitucional o legal es ordenador del sistema jurídico… de allí la importancia que en el artículo 4, se incorpore en primer término la preservación y fortalecimiento de la estabilidad del sistema financiero y en términos adicionales la preservación del sistema de dolarización y del sistema nacional de pagos” Lo increíble  es que la misma Asociación, páginas adelante aceptan que es necesario conservar un nivel de liquidez adecuado que promueva el crecimiento y el trabajo, sin embargo, proponen que la Junta de Política y Regulación NO podrá obligar a mantener en el país una proporción superior al 60% de la  liquidez total; con lo que nos están diciendo al resto de ecuatorianos: mantengan la dolarización pero nosotros sacamos el dinero afuera del país. ¡Curiosa forma de entender el interés general!

7. En la página 3 del documento de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador, se señalan las observaciones sobre el Fondo de Liquidez, que ahora resulta tan ponderado y defendido por la banca, aunque cuando se discutía su creación en el año 2008 también se opusieron al mismo argumentando que restaría liquidez a la banca y afectaría al crédito.

Según la Banca con el proyecto se desnaturaliza, puesto que si bien están de acuerdo en que el Banco Central del Ecuador pueda realizar operaciones de redescuento, en fácil compra de cartera sana, les parece inadecuado que los depósitos que tienen los bancos en el Fondo de Liquidez  se constituyan en garantía de dichas operaciones, con lo cual el Estado no tendría como cubrirse de eventuales afectaciones que pudiesen presentarse.

Al mismo tiempo la Asociación de Bancos Privados, ABPE, y el Comité Empresarial quieren que por mandato legal esos dineros se inviertan en bancos del extranjero, aunque en el Proyecto se privilegian mas que el lugar de la inversión las características de: seguridad, liquidez, confiablidad y rentabilidad.

8. La Asociación de Bancos Privados del Ecuador dicen: “ el direccionamiento u orientacón de crédito podría generar distorsiones en los mercdos de crédito, incorporando negativos aspectos en la evaluación, tales como, presiones de cualquier índole al establecerse créditos o cupos obligatorios en segmentos sin que se considere aspectos necesarios tales como el riesgo, la evaluación del cliente, del sector económico, de la actividad, garantías, etcétera, esto a mediano y largo plazo minará la expansión crediticia”. La ABPE confunde, no por falta de conocimiento entre orientación y otorgamiento particular del crédito. Realmente lo que les molesta es que ahora en la Asamblea Nacional no se acojan “sus orientaciones” puesto que en la página 6 de sus observaciones señalan no estar contrarios al direccionamiento sino que este consista en la rebaja de “10 puntos porcentuales de la tarifa del Impuestos a la Renta”

9. En su comunicado la ABPE dice que la finalidad primordial del sistema financiero es la preservación de los depósitos, de allí que una adecuada, sólida y seria evaluación del riesgo del crédito se torna fundamental al momento de concederlo. La ABPE considera que el Código debería establecer la necesidad de que en todo préstamo se requiera un garantía de al menos 140% del monto del crédito otorgado. Es decir,  la ABPE no diferencia  que unas garantías requieren los créditos hipotecarios y otras distintas operaciones menores, que incluso podrían respaldarse, existen experiencias aquí y afuera, con la firma de los individuos  que tienen también como  interés preservar limpio su historial crediticio y mantenerse como sujetos de crédito 

10. La ABPE dice que “Este límite a la responsabilidad al Estado nos parece injusto y desproporcionado a la luz de que las instituciones del sistema están obligadas a cumplir con las disposiciones normativas y legales emanadas de esta ley y de la Junta de Regulación”, con estas inocentes frases, pretenden dejar abierta la puerta para que el estado asuma las consecuencias de un eventual mal manejo de las instituciones financieras; afortunadamente la Constitución de 2008 es clara y señala en el artículo 308: “La regulación y control del sector financiero privado no trasladaran la responsabilidad de la solvencia bancaria ni supondrán garantía alguna del estado…”

Si en la Constitución de 1998, a través de una transitoria, se generó condiciones para el feriado bancario, en la Constitución de 2008 se establecieron garantías para los ciudadanos y para regular el poder de la banca.

[1] Asambleísta Nacional, representante de la Provincia de Pichincha, por el Movimiento PAIS.

[2] ABPE es la Asociación de Bancos Privados del Ecuador; las notas y reflexiones se realizan en base al documento enviado al Ministro Rivera y posteriormente a la Comisión de Régimen Económico, con fecha 25 de junio de 2014.

Virgilio Hernández
Asambleísta por Pichincha Alianza PAIS

Asambleísta de Pichincha por el Movimiento Alianza PAIS. Hincha de la Liguita de Quito. Padre de Claudia y Martín. ..

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