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SUGIEREN CAMBIAR EL TÉRMINO PENSIÓN JUBILAR POR PENSIÓN DE RETIRO PARA MILITARES

Viernes, 21 de noviembre del 2014 - 14:00 Imprimir

El oficial Fredy García, del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, en su comparecencia ante la Comisión Ocasional que analiza las enmiendas constitucionales, precisó que es necesario cambiar el término de pensión jubilar por pensión de retiro para los militares, tomando en cuenta que tienen un régimen especial de seguridad social.

Explicó que la propuesta de enmienda al artículo 370 establece que el IESS, entidad autónoma regulada por ley, será responsable de la prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados, pero la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas tienen un régimen especial de seguridad social y de acuerdo con la ley, sus entidades de seguridad social forman parte de la red pública integral de salud y del sistema de seguridad social.

Sugirió que en la enmienda se determine que el Estado debe garantizar el pago de las pensiones de retiro y demás prestaciones establecidas en los regímenes especiales de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y su administración corresponde, en forma autónoma, a cada institución de seguridad social.

Por su parte, el coronel Enrique Espinosa de los Monteros, representante del Instituto de Seguridad Social de la Policía, señaló que la enmienda al artículo 370 solamente garantiza el pago de las pensiones jubilares de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, pero no se toma en cuenta las demás que tienen que ver las pensiones de montepío, orfandad vejez, invalidez, discapacidad y otras consagradas en su régimen especial de seguridad social.

También pidió que se considere una inclusión al artículo 372 de la Constitución que diga que los fondos previsionales públicos del seguro universal obligatorio y sus inversiones, con excepción de los fondos e inversiones de los regímenes especiales, se canalizarán a través de una institución financiera de propiedad del IESS, su gestión se sujetará a los principios de seguridad, solvencia, eficiencia, rentabilidad y al control del órgano competente.

De igual manera recomendó que se considere que los fondos y reservas del seguro universal obligatorio y de los regímenes especiales serán propios y distintos de los del fisco, esto debido a que el artículo 367 de la Constitución establece que el sistema de seguridad es social público y universal, no podrá privatizarse.

Por su parte, Roberto Guevara, subdirector general del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, manifestó que si bien se habla que las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el IESS tienen su propio accionar, el ISSFA y el ISSPOL tienen que realizar sus propios estudios actuariales. En razón de tratarse una enmienda que atañe a las FFAA y Policía Nacional cada seguro deberá responder por su sostenibilidad, pues la enmienda no topa en nada al IESS y, por tanto, no puede pronunciarse sobre la reforma planteada a estos dos institutos.

JLVN/pv

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