En mi intervención sobre la reforma al COIP, destaqué la necesidad de subsanar un vacío legal en la tipificación del delito de prevaricato, que actualmente excluye a los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia como sujetos activos. Este vacío genera inseguridad jurídica, ya que estos jueces, a pesar de manejar casos de alto impacto y personas con fuero nacional, no están contemplados en la normativa vigente debido a que no forman parte de la carrera judicial jurisdiccional según el Código Orgánico de la Función Judicial. Es esencial que esta situación se corrija para fortalecer la confianza en el sistema judicial y asegurar una tutela judicial efectiva.
La reforma que propongo es clara y directa: modificar el artículo 268 del COIP para incluir a los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia como sujetos activos en la tipificación de prevaricato. Esta inclusión es crucial porque su papel en la administración de justicia es fundamental, y sin una regulación específica, se deja un espacio de vulnerabilidad en el sistema legal ecuatoriano. Con esta reforma, buscamos garantizar una aplicación de la ley más justa y equitativa para todos los ciudadanos.
Quiteña, doctora en Psicología Industrial y Magister en Gerencia y Liderazgo Educacional. Poseo una sólida carrera de 20 años como docente universitaria y 15 años de experiencia en Gestión de Talento Humano en el sector privado, aportaré una perspectiva única a la Asamblea Nacional como representante electa por Pichincha, circunscripción Centro-Norte, parte de la Comisión Permanente de Derecho al Trabajo y Seguridad Social.