AME y Congope presentan observaciones sobre empleo de los jóvenes

Viernes, 22 de noviembre del 2024 - 15:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comision Laboral

El proyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo y la Ley Orgánica del Servicio Público referente a los Jóvenes,  recibe nuevas observaciones. Ana María Larrea, del Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador (Congope), felicitó el impulso  al empleo juvenil y de mujeres que son temas críticos en las políticas de empleo en el país.
    
Larrea sostuvo que no se puede legislar los temas relacionados con el empleo si no se toman en cuenta el contexto económico que vive actualmente el país. Dijo que en el ámbito del empleo existe el 55 % de informalidad a septiembre de 2024 y apenas un 19 % de empleo adecuado, es decir 1 de cada 5 personas goza de empleo adecuado.

Por lo que, llamó a que se tome en cuenta que por más 5 % que se ponga en la Ley  para la contratación del empleo joven se va a tener menos empleo juvenil, pues el empleo general que se contrata es reducido.  Para impulsar la producción y el empleo dijo que se debe cumplir dos condiciones previas, como es resolver la crisis energética lo antes posible; y, recobrar la seguridad y la convivencia pacífica en el país.

Zoila Coronel, representante de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), dijo que desde el municipalismo están de acuerdo con que la Ley de Juventudes debe transversalizarse en todos los estamentos para favorecer al empleo de hombres y mujeres.

Añadió que, desde los municipios no tienen en el Cootad una disposición expresa sobre el contrato juvenil, sin embargo tienen como competencia en normas expresas la obligatoriedad de trabajar a favor de los grupos vulnerables y en la inclusión de las juventudes en los procesos sociales y en las políticas públicas.

Planteó que no se especifiquen los porcentajes que deben ser contratados, sino que se deje abierto para que los municipios puedan generar acciones.

Inconstitucionalidad

La comisión avocó conocimiento del Caso 72-24-IN, de fecha 25 de octubre del 2024, relativo a la acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 7 y por el fondo en contra de los artículos 6 y 9 de la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que guardan relación con el financiamiento para la conformación del Consejo Directivo del Iess.

Al respecto, se emitirá un informe a la coordinación de Asesoría Jurídica de la Asamblea, toda vez que los textos demandados por inconstitucional no fueron aprobados por la Comisión, sino por el Pleno de la Asamblea.

RSA

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COMISIÓN DEL DERECHO AL TRABAJO. ECUADOR, 22 DE NOVIEMBRE DE 2024

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