En el marco del análisis del proyecto de Ley Orgánica de Protección de Víctimas, que fue retomado este lunes 21 de julio por la Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad, un representante de la Defensoría del Pueblo expresó su respaldo y presentó observaciones a esta propuesta.
El doctor Rodrigo Varela, secretario nacional misional de la Defensoría del Pueblo, consideró que la propuesta de ley es importante, que debe fortalecerse y alinearse con los instrumentos internacionales de derechos humanos, la justicia transicional y la normativa relativa a la responsabilidad penal.
Asimismo, destacó la necesidad de reforzar el ámbito de aplicación de la ley, incorporando una mención explícita al principio de proporcionalidad, así como la aplicación preferente de las normas internacionales de derechos humanos vigentes y ratificadas por el Ecuador.
En cuanto al objeto de la ley, recomendó que se reconozcan expresamente los cinco componentes de la reparación integral: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, en concordancia con los estándares internacionales en derechos humanos.
Sobre los derechos de las víctimas, sugirió desarrollarlos de forma más sistemática y completa, alineándolos con los instrumentos internacionales, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder (1985), y las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Señaló que dichos derechos deben ser garantizados por el Estado en todas las fases del proceso: investigación, juzgamiento, reparación y seguimiento, sin discriminación y con enfoque de género, interseccionalidad y pluralismo jurídico.
Las consultas de los legisladores se centraron en temas como la reparación transformadora, el nombre de la ley y la responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos.
Consulta Popular
En relación con el proyecto de Ley Orgánica de Consulta Popular, el jurista Carlos Salgado Báez presentó observaciones y criterios de orden constitucional. Realizó un breve repaso de los tipos de consulta reconocidos por la Constitución y el ordenamiento jurídico, y señaló que varios artículos del proyecto transcriben aspectos que ya constan en otras normas, como el Código de la Democracia o la Constitución de la República.
Además, indicó que existen temas que deben profundizarse y corregirse en lo que respecta a las consecuencias jurídicas establecidas en el marco de las consultas populares.
Salgado advirtió que, si la Corte Constitucional no se pronuncia sobre la convocatoria, los considerandos y el cuestionario del referendo dentro del plazo de veinte días desde el inicio del control previo, se genera un "dictamen ficto", lo cual implica que se entendería como favorable sin que medie un análisis de constitucionalidad. Criticó que el proyecto de ley reduzca dicho plazo a únicamente ocho días para calificar la constitucionalidad de la solicitud y de las preguntas de la consulta popular.
RSA
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