La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa aprobó con 8 votos de respaldo el informe para primer debate del Proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social, iniciativa calificada como urgente en materia económica.
La propuesta busca blindar al país frente al crimen organizado, el lavado de activos y la evasión fiscal, fortaleciendo la transparencia y la integridad en la gestión de recursos por parte de personas naturales, jurídicas y, de forma especial, de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro.
La normativa establece un marco jurídico para prevenir, detectar y controlar flujos irregulares de capitales; asegurar que estas organizaciones actúen conforme a su naturaleza jurídica y fines de interés general; fortalecer la cooperación interinstitucional y la supervisión basada en riesgos; y cerrar vacíos legales, unificando mecanismos de control sin afectar la libertad de asociación legítima.
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), será el ente encargado de la vigilancia, control y supervisión de las organizaciones sociales, aplicando un sistema de clasificación según el nivel de riesgo (bajo, medio, alto) lo que permitirá obligaciones diferenciadas proporcionales. Entre las disposiciones más destacadas, se exige la implementación de mecanismos de transparencia activa, auditorías internas y externas, procedimientos de debida diligencia y sistemas de integridad institucional que incluyan códigos de ética, gestión de conflictos de interés y canales de denuncias.
La ley crea además el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro, una plataforma digital de acceso público que concentrará la información jurídica, financiera y operativa de las organizaciones, garantizando trazabilidad y control. El registro en este sistema será obligatorio para iniciar actividades en el país y su actualización deberá cumplir con los principios de veracidad y confidencialidad de datos.
Con un enfoque basado en riesgos, la propuesta contempla incentivos para las organizaciones que adopten buenas prácticas de integridad, priorizándolas en procesos de cooperación y alianzas estratégicas. Asimismo, se garantiza que las medidas de control no podrán ser usadas con fines de persecución política ni para restringir arbitrariamente la libertad de asociación.
La urgencia de esta normativa se respalda en cifras preocupantes: entre 2007 y 2020 circularon más de USD 22.600 millones de dólares sin explicación en el sistema financiero, mientras que, en apenas cinco meses de 2025, la UAFE detectó operaciones sospechosas por USD 600 millones de dólares. El lavado de activos representa una incidencia estimada del 17% en el país, solo superada por el narcotráfico con el 23%.
Con esta ley, el Ecuador busca reducir el riesgo de que estas organizaciones sean empleadas para lavar activos, reforzar la transparencia y la supervisión de fondos, proteger la estabilidad del sistema financiero y la seguridad nacional, y fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones.
MEV
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