María Alejandra Armijos, especialista en Alteraciones del Ciclo Menstrual y Salud Reproductiva, recalcó que la medicina reproductiva restauradora no es un invento nuevo ni una forma de medicina alternativa, sino medicina occidental basada en la evidencia. Este comentario lo realizó en la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte, en el marco del primer debate del proyecto de Ley Orgánica que Regula el Derecho a la Reproducción Humana Asistida en el Ecuador.
La especialista aclaró que, a diferencia de la industria de la fertilidad asistida —que durante los últimos 50 años ha destinado esfuerzos y recursos a perfeccionar las técnicas de reproducción asistida con la expectativa de obtener mejores resultados, lo cual no siempre se ha cumplido—, la medicina reproductiva restauradora ha tomado otro camino.
Explicó que, en estas décadas, dicha rama no ha “inventado el agua tibia”, sino que ha regresado a las bases: descifrar el ciclo menstrual femenino, comprender los problemas de origen y perfeccionar la técnica quirúrgica. Esos eran, según ella, los esfuerzos iniciales de la medicina antes del desarrollo de las técnicas de reproducción asistida en la década de los setenta.
Por su parte, Farith Simon Campaña, decano del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito, sostuvo que no hay dudas sobre la importancia de trabajar en un proyecto de esta naturaleza, más allá de las opiniones divergentes que puedan existir. Recordó la “famosa sentencia del caso Sathia”, que abrió ampliamente la posibilidad de la reproducción asistida en el Ecuador, y destacó que estas prácticas ya forman parte de la cotidianidad, lo que confirma su uso permanente y constante, por lo que no hay discusión de su importancia y necesidad.
En su opinión, el proyecto debe construirse en función del interés superior del niño. “Juzgar las técnicas de reproducción asistida únicamente desde los intereses de quienes desean someterse a ellas, sin considerar los intereses de la persona que nacerá como resultado, es un error”, afirmó.
Agregó que el proyecto resulta excesivamente reglamentario, lo cual considera riesgoso, especialmente cuando esa reglamentación asigna atribuciones de forma detallada a determinadas entidades. Señaló, además, que existe una contradicción con la Constitución al pretender convertir a la familia en sujeto de derechos, cuando en realidad los sujetos de derechos son las personas que la integran.
Finalmente, advirtió que el proyecto contempla la triple filiación, reconocimiento ya establecido en varios países, pero sin abordar los problemas asociados, como: patria potestad, residencia y cuidado, situaciones de convivencia o separación, el rol del donante, y los derechos sucesorios, entre otros.
RSA