Comisión de Desarrollo Económico inició el tratamiento del proyecto económico urgente para fortalecer las Fuerzas Armadas y Policía Nacional

Lunes, 06 de octubre del 2025 - 09:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa avocó conocimiento del proyecto de Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, iniciativa calificada como urgente en materia económica y presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa Azin.

La presente ley tiene por objeto establecer un régimen económico de incentivos tributarios y de facilitación de donaciones destinado exclusivamente al fortalecimiento de las fuerzas del orden, para el cumplimiento de sus labores constitucionales de protección interna, mantenimiento del orden público, seguridad ciudadana y seguridad integral del Estado, como medida de una política fiscal y económica para la protección del aparato productivo nacional y la estabilidad de las finanzas públicas.

De acuerdo con el proyecto, la normativa será de orden público y tendrá aplicación en todo el territorio nacional. La iniciativa, busca fortalecer las capacidades materiales y operativas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional mediante la canalización de recursos complementarios a la inversión pública, fomentando la optimización del uso de los recursos estatales.  

Asimismo, promueve la participación de contribuyentes nacionales a través de incentivos tributarios y establece un marco legal claro y transparente para la recepción, administración y rendición de cuentas de las donaciones destinadas a las fuerzas del orden.

Conforme lo previsto en el texto legal, las fuerzas del orden podrán recibir donaciones de bienes muebles o inmuebles, equipamiento o suministros nuevos en condiciones óptimas para su uso, los cuales se destinarán al cumplimiento de sus funciones institucionales. Estas donaciones podrán provenir de contribuyentes nacionales, así como de organismos, gobiernos o entidades internacionales.

En el caso de los contribuyentes nacionales, las donaciones darán lugar a una rebaja del impuesto a la renta causado en el respectivo periodo fiscal, conforme las condiciones, límites y procedimientos establecidos en la ley y su reglamento. Por su parte, las donaciones provenientes de organismos o entidades internacionales estarán sujetas a acuerdos o convenios de cooperación y a lo establecido en el Reglamento General a la presente Ley.

MEV

 

 

 

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