Justicia recibe criterios del asambleísta Fernando Jaramillo y dos expertos en derecho penal

Lunes, 20 de octubre del 2025 - 18:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado continuó con el estudio de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y recibió aportes de varios profesionales, entre ellos: el asambleísta Fernando Jaramillo, quien explicó los alcances de sus iniciativas sobre los delitos de extorsión y el femicidio por conexión;el director del Colegio de Abogados del Guayas, César García; yel experto en derecho penal, Hernán Farto.

En este contexto, Fernando Jaramillo justificó su propuesta de reforma al art. 185, sobre el delito de extorsión, más conocido como “vacunas”, a fin de incrementar las penas para la extorsión simple que hoy es de tres a cinco años de privación de libertad para que sea de cinco a siete años; de la conducta grave, que pase de cinco a siete años y suba de siete a nueve años; y, en el caso de la conducta más grave, que vaya hasta los 10 a 13 años de privación de libertad.

Aseguró que de esta manera se complementará la gestión que cumple el bloque de seguridad para combatir la delincuencia organizada, ya que lamentablemente 18 de los 22 grupos de delincuencia organizada y terrorismo están presentes en 21 de las 24 provincias del país, lo cual crea una creciente sensación de inseguridad.

Respecto del femicidio por conexión, indicó que se propone establecer una sanción de 22 a 26 años para la persona que en ejercicio de las relaciones de poder da muerte a una mujer en el mismo lugar en el que mata o intenta matar a su mujer. Ejemplo, cuando alguien quiere dar muerte a su pareja y para causarle daño termina asesinando a la madre o hermana de la víctima. 

De su lado, César García, a nombre del Colegio de Abogados del Guayas, expuso su criterio sobre los nuevos delitos que se proponen en los proyectos unificados de reformas al COIP. Se refirió a la reincidencia en los delitos graves, que son medidas de seguridad que existen en otros países, como el caso de Alemania, entre ellas, que se cumpla la privación de libertad en centros de máxima seguridad y que no se apliquen beneficios penitenciarios. Sin embargo, dijo que es necesario establecer la temporalidad para la aplicación de estos mecanismos, si se trata de prisión preventiva o si procede con la sentencia ejecutoriada.

Entre tanto, el experto Hernán Farto, se refirió a varios artículos que se propone reformar, sobre todo en lo que atañe a la posible regulación de las conductas antijurídicas que están relacionadas con principios de proporcionalidad y culpabilidad.Por ejemplo, cuando se trata de personas que cometen un delito en condiciones psicológicas especiales, es decir, cuando no tienen conciencia de sus actos. Igualmente, advirtió que se debe tomar en cuenta las circunstancias en las cuales se sancionará la tentativa de un delito, que no puede ser una pena similar al de la comisión material del mismo, porque el daño irrogado con la tentativa no es igual alque ocurre en un delito propiamente dicho.

EG

Más fotografías:

COMISIÓN DE JUSTICIA (SESIÓN VIRTUAL). ECUADOR, 20 DE OCTUBRE DEL 2025.

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador