Biodiversidad escucha a más sectores en torno al proyecto para la preservación de las olas rompientes

Lunes, 01 de diciembre del 2025 - 19:23 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales, este lunes 1 de diciembre, continuó con el análisis del proyecto de Ley Orgánica de Preservación y Prevención de Impacto de Olas Rompientes en el Litoral Ecuatoriano. En esta oportunidad escuchó el criterio de dos expertos en la temática, así como las observaciones de los representantes de la Dirección General de Intereses Marítimos.

De esta manera, Willintong Rentería, ingeniero costero de Mareas Vivas y Humberto Gómez, hidrógrafo, experto en intereses marítimos y océano política, expusieron sus puntos de vista en torno al proyecto que estudia la Comisión. Consideraron que es una ley beneficiosa, no busca regular a este sector del mar, pero sí establecer los parámetros para las actividades deportivas náuticas y las de orden turístico. Sugirieron que se incluyan temas relacionados con gobernanza y seguridad oceánica.

Explicaron que las olas rompientes son estratégicas porque generan un importante efecto en los ecosistemas marinos, como también contribuyen al desarrollo socioeconómico de estas zonas, con una amplia gama de actividades deportivas y turísticas, con lo cual se dinamiza la economía de la franja costera, sobre todo a través del surf, deporte acuático que ya está dentro de las disciplinas contempladas en competencias olímpicas.

De su lado, el comandante Carlos Zapata, de la Dirección General de Intereses Marinos, recordó que existen 13 usos del mar, tanto en la parte oceánica, cuanto en la zona costera y lo más complicado de gobernar está, precisamente en la parte de transición y en ella se encuentran las olas rompientes, no solo en Ecuador, sino en el mundo. Añadió que el 50 % de la población se asienta en la franja costera, de allí que la ley de olas rompientes debe ser entendida de una manera holística.

Sugirió que en la ley se establezcan los temas macro, los lineamientos generales de la gobernanza del mar, en todos sus usos, no únicamente para dos de ellos, que se refieren exclusivamente a los sectores deportivo y turístico. El resto, con mayor detalle deberá ser desarrollado en el correspondiente reglamento, tal como ocurre en el caso de las legislaciones de otros países, agregó.

EG

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COMISIÓN DE BIODIVERSIDAD. ECUADOR, 01 DE DICIEMBRE DE 2025

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