Como asambleísta, una de mis principales responsabilidades es identificar los obstáculos que impiden que la justicia funcione de manera oportuna y efectiva para la ciudadanía. Uno de esos problemas, muchas veces invisibilizado, es la dificultad para realizar correctamente las citaciones judiciales, un paso esencial dentro de cualquier proceso.
La citación es el acto mediante el cual una persona es informada oficialmente de que existe una demanda o una diligencia en su contra. Sin una citación válida, no hay debido proceso, no hay derecho a la defensa y, en la práctica, los juicios se paralizan. Sin embargo, hoy en el Ecuador este acto fundamental enfrenta serios problemas.
La realidad ha cambiado. Cada vez existen más urbanizaciones cerradas, edificios con accesos restringidos y conjuntos habitacionales donde el ingreso es limitado. A esto se suman estrategias de evasión, direcciones incorrectas, falta de citadores judiciales, carencias logísticas y ausencia de coordinación interinstitucional. El resultado es alarmante: cientos de miles de citaciones fallidas cada año, procesos estancados y ciudadanos que no pueden acceder a la justicia de forma oportuna.
Frente a esta situación, presenté el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos para Fortalecer la Citación Judicial, con un objetivo claro: garantizar que ningún proceso judicial se detenga por problemas en la notificación y que el derecho a la tutela judicial efectiva sea una realidad, no solo un principio constitucional.
Esta propuesta busca dar seguridad jurídica y reglas claras. En primer lugar, define de manera amplia el concepto de lugar de habitación, incorporando expresamente viviendas ubicadas en urbanizaciones cerradas, edificios y propiedades horizontales. Además, establece la obligación de colaboración del personal de vigilancia y administración de estos inmuebles, y permite el acompañamiento de la fuerza pública cuando sea necesario, siempre bajo orden judicial.
El proyecto también fortalece la citación telemática, habilitando el uso de boletas electrónicas en casos donde no sea posible ubicar a la persona demandada o determinar su domicilio, utilizando herramientas como el buzón electrónico ciudadano y correos registrados oficialmente. Esto permite adaptar la justicia a los avances tecnológicos y reducir retrasos innecesarios.
Otro aspecto fundamental es la colaboración interinstitucional. La ley reconoce plena validez y fe pública a las citaciones realizadas, cuando sean comisionadas por un juez, por citadores judiciales, tenientes políticos, presidentes de juntas parroquiales, notarios y la Policía Nacional. De esta manera, se amplía la cobertura del servicio, especialmente en zonas rurales o donde no existen oficinas de citaciones.
Asimismo, se garantiza la gratuidad de las citaciones, se ordena al Consejo de la Judicatura crear oficinas de citación a nivel nacional, fortalecer la capacitación del personal y actualizar los reglamentos necesarios para una aplicación uniforme de la ley.
Con esta iniciativa legislativa buscamos una justicia más cercana, más moderna y más eficiente. Una justicia que no se quede atrapada en formalidades, que no dependa de barreras físicas o administrativas, y que proteja efectivamente los derechos de todas las personas, sin distinción.
Fortalecer la citación judicial es fortalecer el acceso a la justicia. Ese es el compromiso que hoy llevamos a la Asamblea Nacional.