Nueva ley establece formación financiera desde la educación inicial hasta la superior

Miércoles, 15 de abril del 2026 - 14:55 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 88 votos afirmativos, el Proyecto de Ley Orgánica de Educación Financiera, una normativa de carácter estructural que institucionaliza la educación financiera como un componente obligatorio en el Sistema Nacional de Educación, el Sistema de Educación Superior, el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la etnoeducación. La bancada de la Revolución Ciudadana votó en contra de esta iniciativa.

“Hoy es otro día muy importante. Vamos a tratar la ley de educación financiera para poder darles herramientas a los ecuatorianos, sobre todo a los jóvenes, para que puedan educarse en cómo utilizar mejor su dinero, evitar estafas y usar créditos, entre otras herramientas muy importantes, de manera responsable”, destacó el presidente del Legislativo, Niels Olsen.

La presidenta de la Comisión de Educación, Cecilia Baltazar, presentó la moción, que recibió el respectivo respaldo. “Hoy estamos entregando una herramienta fundamental para el país”, dijo. Explicó que en el texto final para segundo debate se incorporaron aportes de varios asambleístas, entre los que destacan: la identificación y prevención de fraudes electrónicos; el uso seguro de plataformas digitales, aplicaciones móviles y servicios financieros en línea; la protección de datos personales; y la adopción de buenas prácticas para validar transacciones, solicitudes de transferencia y ofertas en entornos digitales, entre otros aspectos. 

El proyecto final establece, por primera vez en el país, la incorporación obligatoria, progresiva y transversal de la educación financiera en todos los niveles del sistema educativo, desde la educación inicial hasta la superior. Incluye, además, a jóvenes, adultos y adultos mayores con escolaridad inconclusa, así como procesos de educación no formal.

Entre sus ejes centrales, se dispone la construcción de una cultura financiera basada en principios de transversalidad, calidad, eficiencia, objetividad, oportunidad e interculturalidad, incorporando enfoques de género, ciclo de vida, pertinencia territorial y respeto a las cosmovisiones de pueblos y nacionalidades.

La normativa asigna a la Autoridad Educativa Nacional y al ente rector de la política financiera y monetaria la responsabilidad de diseñar y ejecutar una estrategia nacional de educación financiera, que incluirá contenidos prácticos, metodologías pertinentes y procesos de evaluación con indicadores de impacto.

Además, se establece la capacitación continua de docentes y la coordinación interinstitucional para el desarrollo de contenidos educativos, así como la participación de entidades financieras públicas, privadas y de la economía popular y solidaria en el fortalecimiento de estas iniciativas.

En el ámbito no formal, dispone la implementación obligatoria de programas de educación financiera dirigidos a grupos de atención prioritaria, zonas rurales, emprendedores, migrantes y beneficiarios de programas sociales. Estos deberán ejecutarse al menos una vez al año, sin fines comerciales y bajo principios de transparencia y protección al consumidor.

La ley incorpora de manera expresa la educación en prevención de fraudes electrónicos, el uso seguro de plataformas digitales, la protección de datos personales y la identificación de riesgos asociados a tecnologías emergentes, incluida la inteligencia artificial, como componentes esenciales de la formación financiera.

Asimismo, introduce reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y al Código Orgánico Monetario y Financiero, incorporando la educación financiera como un eje del desarrollo de capacidades productivas, el emprendimiento y la inclusión económica, consolidando su carácter estructural dentro del sistema educativo y financiero del país.

La normativa define la educación financiera como un proceso integral que permite a la ciudadanía adquirir conocimientos, habilidades y valores para gestionar responsablemente sus recursos, tomar decisiones informadas, evaluar riesgos, prevenir fraudes y fortalecer su bienestar financiero, contribuyendo a la estabilidad del sistema económico nacional.

Finalmente, en cuanto a su implementación progresiva, se determina la expedición de un reglamento en un plazo de 90 días, así como la evaluación periódica de la política pública de inclusión financiera, con revisiones cada tres años.

JC

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