Asamblea aprueba reformas que establecen equidad tributaria, estimulan la inversión productiva e impiden la evasión

Jueves, 03 de diciembre del 2009 - 23:25 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 19, con 60 votos afirmativos, 35 negativos, tres blancos y 14 abstenciones, los asambleístas aprobaron en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley de Régimen Tributario y para la Equidad Tributaria del Ecuador que busca establecer una equidad tributaria, estimular la inversión productiva, mejorar la recaudación e impedir la evasión.

 

La propuesta tiene por objetivo promover una mayor equidad, tanto horizontal como vertical, en la estructura impositiva, relacionando la carga tributaria con la capacidad de contribución de los distintos sectores sociales y económicos, principalmente fomentando la mayor recaudación de los impuestos directos sobre los indirectos.

Así mismo, estimular la inversión productiva, mejorar la gestión tributaria que permita mantener un esquema moderno de tributación, crear mecanismos de incentivos hacia la protección del mercado externo y el déficit de balanza de pagos.

El régimen tributario es un instrumento para impulsar la superación de la pobreza, sustentado en la redistribución del ingreso para reducir las desigualdades sociales y económicas y el promover en el país la cultura tributaria, bajo un concepto de solidaridad con los sectores más pobres.

El presidente de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, Francisco Velasco, señaló que estarán exentas del impuesto a la salida de divisas las transferencias realizadas al exterior de hasta mil dólares, por tanto recae el gravamen sobre lo que supere tal valor. En el caso de que el hecho generador se produzca con la utilización de tarjetas de crédito o de débito no se aplicará esta exención.

Además, indicó que los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros que abandonen el país podrán portar en efectivo hasta una fracción básica desgravada de impuesto a la renta de personas naturales (8 570 dólares) que estarán exentas de este impuesto, en lo demás estarán gravados.

El pago del anticipo se realizará en los plazos establecidos en el reglamento y en la parte que exceda al valor de las retenciones que no hayan sido practicadas al contribuyente en el año anterior de su pago, el saldo se pagará dentro de los plazos establecidos para la presentación de la declaración del impuesto a la renta del ejercicio fiscal en curso, es decir, que se descuenta íntegramente todas las retenciones del año anterior y si hubiera algún excedente ese saldo se paga en los plazos establecidos.

Los empresarios que sacan recursos del país y no reinvierten pagarán el impuesto del 2% a la salida de divisas; mientras que los que reinvierten en el país e importan materias primas, bienes de capital se les recompensará con el 2%, es decir, la totalidad del impuesto en crédito tributario, a fin de estimular la producción.

Se proscribe la venta de aguardiente o alcohol sin embotellar, para lo cual en una de las transitorias de determina que el Servicio de Rentas Internas, en 30 días, implementará los mecanismos para aplicación de los cupos para la utilización del alcohol que se destine a la producción farmacéutica, a la producción de perfumes y aguas de tocador, los mostos, jarabes, esencias o concentrados que se destinen a la producción de bebidas alcohólicas, el alcohol, los residuos y subproductos resultantes del proceso industrial o artesanal de la rectificación o destilación del aguardiente o del alcohol, desnaturalizados no aptos para el consumo humano que, como insumos o materia prima, redestinen a la producción, los productos destinados a la exportación, los vehículos híbridos; y, los vehículos ortopédicos, importados o adquiridos localmente y destinados al traslado y uso de personas con discapacidad.

Las reformas tratan sobre la modificación del anticipo del impuesto a la renta a sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad; fija tarifa cero de IVA para los artesanos certificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano, beneficio que incluye a los operarios.

Para los cigarrillos, bebidas alcohólicas y gaseosas no se aumenta el ICE, tomando en cuenta que el incremento a estos productos causaría perjuicio a la industria nacional y repercutiría negativamente en las plazas de trabajo de las personas que, sobre todo en el tema del cigarrillo, se dedican a la cosecha del tabaco.

Hay reformas tributarias fundamentales, decisivas para que el SRI tenga mecanismos que le permitan mejorar la administración tributaria, subrayó el presidente de la Comisión 3.

JLVN/pv

 

 

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