Comisión de Justicia recepta más aportes al proyecto de Código de Procesos

Miércoles, 04 de junio del 2014 - 00:00 Imprimir

En la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, de la que forma parte el Asambleísta Dr. Fabián Solano Moreno, los catedráticos Ernesto Guarderas, de la Facultad de Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador; y, Álvaro Mejía, de la Universidad Andina Simón Bolívar, expusieron criterios y observaciones al proyecto de Código General de Procesos sobre temas atinentes a la fase de ejecución y el proceso contencioso tributario, respectivamente.

El doctor Guarderas comentó que es saludable para la tranquilidad de jueces, abogados, ciudadanos, las partes procesales y general de los operadores de justicia que se distinga bien el procedimiento de la ejecución de obligaciones de hacer o no hacer algo del procedimiento de ejecución de obligaciones de dar dinero, que es distinto, lo que ahora existe y se llama vía de apremio.

Sugirió que conste como un punto independiente el avalúo de los bienes embargados y audiencia de ejecución, a fin de que quede claro el orden de los actos procesales, que posibilitará los siguientes pasos: que el juez ordene el embargo, se proceda a la ejecución del embargo, el avalúo de los bienes embargados y de allí pasaría a la audiencia de ejecución.

También consideró que ampliar la facultad de dictar medidas cautelares a todo tipo de procesos es un riesgo, más aún cuando se deja la frase ambigua por interés general para su aplicación, lo que provocaría que el juez se exceda y abuse del derecho al respecto, sin tener razón para hacerlo. La plena aplicación responde a medidas  excepcionales, según la legislación y los tratadistas, agregó.

De su lado, el doctor Mejía expresó que por su naturaleza un proceso en materia  contencioso tributario es muy complicado atenderlo y despacharlo con un juicio oral, al argumentar que, por ejemplo, en una declaración tributaria personal o de una petrolera la autoridad competente puede establecer entre 14 y 30 glosas, que se convierten en puntos de derecho controvertidos y, como tal, sujetos a impugnación, por tanto, no es lo mismo un incumplimiento de contrato respecto a una determinación tributaria, que encierra en sí varios procesos.

MG/pv

Alex Solano
Asambleísta por Bolívar Alianza PAIS

Formación académica - Especialista en Gerencia de Proyectos Universidad Regional Autónoma de los Andes Nacional - Diplomado Superior en Gerencia de Marketing Universidad Regional Autónoma de los Andes Nac..

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