Linda Machuca propone normas sobre crédito para los ecuatorianos retornados

Miércoles, 09 de julio del 2014 - 11:54 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Linda Machuca propone normas sobre crédito para los ecuatorianos retornados

La asambleísta Linda Machuca, al reafirmar su trabajo constante a favor de la comunidad en movilidad humana, propuso que en el Código Monetario y Financiero se incorporen normas que viabilicen el acceso a créditos productivos y proyectos de emprendimiento sin requisitos que resulten engorrosos para los retornados o que hagan imposible que ellos accedan al sistema financiero.

El libre acceso al sistema financiero del Ecuador, así como la posibilidad de acceso a créditos flexibles y con requisitos viables, es una aspiración de los retornados y de las personas en situación de movilidad, manifestó.

Linda Machuca ratificó su compromiso por construir leyes que logren el buen vivir de los compatriotas en situación de movilidad humana y, sobre todo, que faciliten el acceso al sistema financiero, permitiendo así que las personas retornadas pongan en práctica los conocimientos adquiridos en los años que vivieron fuera del país. Esto permitirá lograr que los emprendedores que retornan a nuestro país puedan ser un aporte económico y un sostén para el desarrollo de este nuevo Ecuador, añadió.

Específicamente, la asambleísta propuso que en el Código Monetario y Financiero se incluyan dos artículos en beneficio de las personas en movilidad humana y para los grupos de atención prioritaria.

“Art. Usuarios del sistema financiero en situación de movilidad humana.- Las personas que de conformidad con la ley, se consideren personas retornadas, serán beneficiarios de la política pública expedida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, encaminada a que a través del sector financiero público se garantice el acceso al crédito para proyectos de emprendimiento laboral micro-empresarial y de desarrollo familiar de este grupo de la población. Para la apertura de cuentas corrientes o de ahorros de las personas en movilidad humana, no se exigirá historial crediticio o requisitos que impidan el libre acceso al Sistema Financiero Nacional.”

“Art. Usuarios miembros de grupo de atención prioritaria.- La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, determinará las políticas públicas y la regulación necesaria para que las entidades del Sistema Financiero Nacional y especialmente el sector financiero público, faciliten el acceso al crédito productivo y para el crédito destinado a proyectos de emprendimiento, que realicen los jóvenes, las personas en movilidad humana, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas.

También serán objeto de dicha regulación los miembros del núcleo familiar de los adultos mayores, niñas, niños y adolescentes y las personas privadas de la libertad.”

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