El presidente de la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, asambleísta Fernando Bustamante Ponce, convocó a la sesión 74, a realizarse el lunes 12 de mayo, a partir de las 17:30, con el propósito de continuar el tratamiento del informe para segundo debate del proyecto de Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.
El Título Preliminar comprende seis capítulos referidos a las generalidades; los principios, características y fines de las entidades de seguridad ciudadana; las disposiciones comunes sobre los grados, jerarquía, clasificación de servidoras y servidores, mando, dirección y cargos; las disposiciones comunes sobre los niveles de mando y de sus tipos de gestión; las disposiciones comunes sobre las características de la carrera profesional; y, las disposiciones comunes sobre el régimen disciplinario.
Objeto
El proyecto tiene por objeto normar y regular las actividades, organización, competencias, gestión de personal y régimen administrativo disciplinario de la Policía Nacional, del Servicio Civil de Investigación de la Infracción y del Servicio de Protección Público, con fundamento en los principios, normas, derechos y garantías establecidas en la Constitución.
Las actividades de seguridad ciudadana, protección interna, mantenimiento y control del orden público y garantía de derechos de las entidades previstas en este código se realizarán sobre la base de los siguientes principios: garantía de derechos; eficacia; eficiencia; transparencia; igualdad; diligencia; imparcialidad; equidad de género; respeto de los derechos humanos; progresividad; coordinación y complementariedad.
Las actividades de seguridad ciudadana tendrán como fines proteger el ejercicio de los derechos y garantías de las personas que habitan en el territorio nacional, así como mantener el orden público y precautelar la paz social; prevenir la comisión de infracciones; colaborar con la administración de justicia en la investigación de infracciones; apoyar el cumplimiento de las decisiones de la autoridad competente; facilitar el uso de medidas alternativas para resolución de conflictos; proteger a mandatarias o mandatarios, funcionarias o funcionarios del Estado, también las sedes, instalaciones y bienes muebles de propiedad estatal.
Según el proyecto, la evaluación de desempeño y gestión de los servidores es un proceso integral y permanente. Se medirán los resultados de su gestión, la calidad de su formación profesional e intelectual, el cumplimiento de las normas disciplinarias y las aptitudes físicas y personales, demostradas en el ejercicio del cargo y nivel al que han sido designados. Esta evaluación será obligatoria para determinar la clasificación, ascenso, desvinculación y empleo racional del talento humano en las entidades.
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