Comisión 7 recomienda aceptar la objeción al proyecto de Ley de Aguas

Viernes, 18 de julio del 2014 - 12:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Mediante informe no vinculante, la Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, que preside el legislador Miguel Carvajal, sugiere al Pleno de la Asamblea, allanarse a la objeción parcial del presidente de la República, Rafael Correa Delgado, al proyecto de Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua.

El organismo legislativo analizó las observaciones formuladas por el Ejecutivo al referido proyecto y concluyó que la objeción parcial contribuye a precisar, aclarar y complementar el sentido de sus disposiciones, por tanto, los textos propuestos por el Mandatario coinciden con la estructura, contenido y normativa, los cuales fueron debatidos al interior de la comisión.

La objeción parcial versa sobre los artículos 7, que se refiere a las actividades en el sector estratégico del agua, en el cual se elimina el literal a) y se reforma el c); 18, de las competencias y atribuciones de la Autoridad Única del Agua, que incluye una modificación al literal p); 23, sobre las competencias de la Agencia de Regulación y Control, en el cual se reforman los literales m) y n), a la vez que se añade el literal ñ); 97, respecto del déficit hídrico, con la aclaración del respeto al orden de prelación para el uso del agua.

También, el Art. 105, en torno al aprovechamiento del agua para envasarla, por el cual se otorga a la Autoridad Única del Agua la facultad de determinar la tarifa diferenciada, de acuerdo con el volumen de agua captada, así mismo, se aclara quiénes pueden participar en el aprovechamiento del agua con estos fines; 107, que se refiere al aprovechamiento industrial, modifica el inciso tercero y detalla los requisitos para la extracción de sal del agua de mar para fines comerciales; 108, del aprovechamiento del agua en acuicultura, clarifica lo atinente a las personas que se dediquen a cualquier actividad piscícola o acuícola que no se considere incluida en la soberanía alimentaria.

En el artículo 143, cambia su denominación a tarifa para el aprovechamiento del agua en generación eléctrica y faculta a la Autoridad Única del Agua a establecerla, sobre la base de las regulaciones emitidas por la Agencia de Regulación y Control del Agua; 144, relacionado con la tarifa para aprovechamiento productivo para la economía popular y solidaria, prevé que ésta sea determinada con base en las regulaciones de la Agencia; 149, sobre la competencia sancionatoria, se establece que en aquellas infracciones que deban ser determinadas por la Autoridad Ambiental Nacional o por la Autoridad Nacional de Salud se requerirá su resolución en firme, en el procedimiento administrativo común.

Miguel Carvajal, presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, será el encargado de exponer ante el Pleno los alcances del informe no vinculante y proponer, de manera oficial, que la Asamblea acepte las observaciones del Ejecutivo al proyecto de Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua.

EG/pv

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