Listo informe para primer debate de Ley Orgánica de Telecomunicaciones

Miércoles, 29 de octubre del 2014 - 13:32 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Listo informe para primer debate de Ley Orgánica de Telecomunicaciones

La Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó, con 10 votos a favor,  el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Telecomunicaciones, que busca desarrollar el régimen general de telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico como sectores estratégicos del Estado.

De esta manera, se actualiza la Ley Especial de Telecomunicaciones expedida el 10 de agosto de 1992, dando paso a una nueva institucionalidad de regulación del espectro radioeléctrico, expresó el presidente del organismo, Richard Calderón.

Entre los aspectos de mayor importancia que contiene el proyecto se regula en forma amplia los derechos y obligaciones de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y de los prestadores de servicios.

Los principales derechos de los usuarios van ligados a disponer servicios de telecomunicaciones de calidad, a elegirlos con libertad, al secreto de las comunicaciones, privacidad de sus datos personales, a contar con información veraz, disponer gratuitamente de llamadas a servicios de emergencia, a disponer de servicios de información de planes, tarifas, precios, saldos; facturación exacta y oportuna, el no redondeo de tarifas, el derecho de acumular saldos, a la vigencia ilimitada del saldo de las recargas, a la prelación de uso de saldos; a no ser obligados a contratar lo que no desea (ventas atadas), la atención oportuna de reclamos; al derecho a conservar el número (portabilidad); acceder a cualquier servicio o aplicación en internet; al derecho a la terminación unilateral del contrato; a no recibir mensajes masivos o publicitarios.

Con sujeción al numeral 10 del artículo 261 de la Constitución se determinan las competencias del Gobierno Central para la administración, regulación gestión y control de las telecomunicaciones y espectro radioeléctrico; se fija con claridad el establecimiento y explotación de redes de telecomunicaciones (redes privadas y públicas), a cuyo efecto, los gobiernos autónomos descentralizados deben cumplir las normas técnicas y las políticas públicas que emita la Agencia y el Ministerio rector, a fin de evitar que éstos sigan regulando sobre el espectro radioeléctrico y fijando tasas por uso del espectro cuando no les corresponde, o afectando el despliegue de redes, a pretexto de regular el uso del suelo.

Se determinan las formas de gestión, es decir, de prestación de servicios, para lo cual se establece que se lo hará a través de las empresas públicas de servicios de telecomunicaciones, de empresas mixtas y en los casos de delegación, por la iniciativa privada o la economía popular y solidaria; se establece que las telecomunicaciones reservadas a la seguridad nacional, corresponde a los organismos del Estado competentes pero la regulación a la Agencia.

Para garantizar que los precios y tarifas por la prestación de servicios sea equitativa, la Agencia establecerá techos o topes tarifarios; se regula en forma adecuada, el derecho al secreto de las telecomunicaciones, así como los casos en los cuales procede la interceptación legal de las comunicaciones, cuando se tenga orden de autoridad competente en casos de investigación de un delito o por razones de seguridad pública.

Igualmente, se establecen las reglas para garantizar el servicio universal, en busca de la reducción de las desigualdades y de asegurar la accesibilidad de la población a las TIC, para lo cual se fija un aporte de los prestadores, del 1% de sus ingresos, así como un porcentaje de sus ingresos totales en función de su participación en el mercado, de acuerdo con el número de usuarios del servicio concesionado.

En cuanto al régimen sancionatorio se garantiza el cumplimiento del debido proceso y propone un esquema de multas en proporción a los ingresos del infractor, de manera que la sanción pueda ser justa. Se distinguen infracciones por poseedores o no de títulos habilitantes. Las multas serán destinadas al presupuesto general del Estado.

Sobre la institucionalidad, prevé que el Ministerio de las Telecomunicaciones será el ente rector; y, la Agencia realizará las funciones de regulación, administración y control, conforme el diseño institucional establecido por el gobierno nacional.

 

JLVN/pv

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