En la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, César Navas, ministro Coordinador de Seguridad y Patricio Hernández, representante del Ministerio de Defensa Nacional, presentaron varios aportes y observaciones al proyecto de reformas a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas (FFAA).
Las autoridades coincidieron en recomendar que los ascensos de generales y almirantes sea potestad del Presidente de la República, a través de decreto ejecutivo, mientras que el resto de rangos militares se realice por acuerdo ministerial. También, apoyaron que se mantenga la figura del Edecán solo para la Función Ejecutiva, siendo su designación exclusiva del Primer Mandatario y la asignación de funciones específicas.
El espíritu e intencionalidad de la reforma es dar mayor eficiencia y eficacia a la gestión administrativa en cuanto a lo que se refiere al volumen de ascensos, bajas, disponibilidades, antigüedades de los oficiales superiores y los subalternos que se manejan en el Ejecutivo y el Ministerio Defensa, lo cual no significa, de ninguna manera, pretender deteriorar o debilitar la institucionalidad de la entidad, precisó Patricio Hernández.
Tampoco se busca desconocer o restar la importancia que tiene, desde el punto de vista simbólico o emblemático, el tema de designación de ascensos a través de los decretos ejecutivos; no se intenta desconocer ese valor, sino mejorar los procedimientos sobre el trámite mismo del ascenso, de la baja o de la disponibilidad, lo que se enmarca en la política del gobierno respecto a todo el proceso de modernización y fortalecimiento de la Fuerzas Armadas, dijo.
Entre tanto, el ministro Navas citó el caso de una promoción de oficiales recién graduados, que salen por un decreto ejecutivo, lo que implica la expedición de alrededor de 120 documentos particulares e individuales, lo que marca un alto volumen administrativo y, lo que es más, los múltiples trámites hacen que el tema demore entre cinco y ocho meses.
Señaló que ha socializado, en territorio, la temática con los involucrados, esto es, oficiales superiores, el Alto Mando, comandantes de fuerza, subalternos y personal de tropa, quienes, no ven, en lo absoluto, ninguna trasgresión a los principios o normas propias de Fuerzas Armadas, incluso a su misión, más aún cuando lo que se quiere es estandarizar procesos.
Inquietudes
El asambleísta Antonio Posso sugirió clarificar el papel de los edecanes y de los ayudantes de órdenes. Mientras, María Augusta Calle, vicepresidenta de la comisión, señaló que en la ley se debería establecer que sea atribución del Jefe de Estado seleccionar a su edecán y sus funciones, que no serán operativas.
A su vez, Marllely Vásconez mencionó el artículo 147, numeral 16, de la Constitución, que fija la designación del alto mando militar y policial como atribución del Presidente de la República.