Servicios postales serán considerados parte de los sectores estratégicos: R. Calderón

Martes, 03 de febrero del 2015 - 14:16 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Servicios postales serán considerados parte de los sectores estratégicos: R. Calderón

En la sesión 313 del Pleno, previo al primer debate del proyecto de ley General de los Servicios Postales el ponente y presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Richard Calderón, destacó que con la ley los usuarios tendrán derecho a contar con información precisa, gratuita y no engañosa de los servicios que ofertan los operadores postales.

Además, recibir atención oportuna de las solicitudes y reclamos relacionados con la prestación de estos servicios; contratar un seguro hasta por la cantidad en que se hubiera asegurado y declarado; ser indemnizado o recibir el pago por los daños que sufra el envío o en caso de pérdida, robo, hurto, expoliación o avería del envío postal, según corresponda.

Los reclamos y quejas serán atendidos de manera gratuita de acuerdo con el procedimiento establecido, reiteró Calderón al precisar que con esta ley se regularán los servicios postales, se garantizará el derecho de los usuarios y se considerará a los servicios postales parte de los sectores estratégicos.

Sostuvo que la ley se aplicará a todos los operadores postales que realicen uno o más de los procesos que conforman el servicio postal incluidos los procesos logísticos de manera directa o indirecta. Y le corresponde al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información establecer políticas, directrices y planes.

Indicó que la Agencia de Regulación y Control Postal es un organismo técnico especializado encargado de regular el sector en especial a los operadores postales. Está constituida por un Directorio y un Director/a Ejecutivo/a.

Tendrá entre sus competencias asegurar la protección de los derechos de los usuarios; sancionar a los operadores postales que incumplan la ley; establecer el régimen de indemnizaciones por incumplimiento; realizar inspecciones a los operadores postales; administrar y controlar el Sistema del Código Postal Ecuatoriano; ejercer la jurisdicción coactiva.

Explicó que son servicios postales no básicos los servicios que el Estado delega al sector privado, dentro de un régimen de libre competencia y tiene características particulares y especiales.  En estos servicios se incluyen los de mensajería acelerada y los prestados por vía aérea, terrestre, marítimo, o fluvial.

Las partidas presupuestarias y todos los bienes de la Agencia Nacional Postal pasarán a la Agencia de Regulación y Control Postal; los servidores que prestan sus servicios en la Agencia Nacional Postal podrán continuar en la Agencia de Regulación y Control Postal, agregó.

Por último el legislador subrayó que el sector postal cuenta con normativa dispersa y precaria y las normas vigentes no se adecuan al marco constitucional, por lo que es necesario expedir una ley que armonice la realidad del sector y logre una verdadera incidencia, por tanto se deroga la Ley General de Correos.

RSA/pv

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