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Comisión de los trabajadores debate Reformas Laborales

Jueves, 05 de febrero del 2015 - 11:02 Imprimir

El proyecto de ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar recibió observaciones por parte de los Asambleístas de la Comisión.

Kerlly Torres se pronunció sobre la importancia de especificar el concepto de cadena de valor. Esto permitirá la unificación en el efecto de reparto de utilidades.

Así mismo y para efectos de responsabilidades laborales manifestó es menester tener un concepto de empresas vinculadas.

De su parte el Asambleísta Fausto Cayambe sugirió realizar modificaciones respecto a la determinación de las utilidades en relación al impuesto a la renta. “Cuando configuramos el derecho de los trabajadores en las empresas vinculadas, es necesario que al trabajador se transparente el manejo contable y el rubro de las utilidades a su favor, por aquello debemos mantener lo ahora señalado en el Código del Trabajo, donde se permite a los trabajadores y la autoridad tributaria poder participar y conocer de forma directa los procesos de determinación tributaria y de fiscalización” dijo.

Angel Rivero realizo precisiones en torno al plazo para el pago de utilidades, así a parte empleadora está obligada a agotar sus esfuerzos para entregar de forma directa el beneficio de utilidades a sus trabajadores o ex trabajadores.

Si transcurrido un año del depósito, la persona trabajadora o la ex trabajadora no hubiere efectuado el cobro, la parte empleadora, en el plazo de quince (15) días, depositará los valores no cobrados en la cuenta que el Ministerio rector del trabajo establezca para el efecto, y a partir del vencimiento de plazo ese monto se destinará para el Régimen Solidario de Seguridad Social.

Diana Peña realizo observaciones al art. 43; Las personas que realizan trabajo no remunerado del hogar serán consideradas afiliadas desde la fecha de su solicitud de afiliación. Una vez afiliadas  deberán mantener actualizada la información relativa al lugar de trabajo y a su situación socio económica, sin perjuicio de las verificaciones que realice el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

El afiliado está obligado a presentar su cédula de ciudadanía o identidad para todo trámite o solicitud de prestación ante el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, manifestó.

 

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