Proyecto de Código de Procesos consolida derechos de la naturaleza

Miércoles, 18 de febrero del 2015 - 12:49 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proyecto de Código de Procesos consolida derechos de la naturaleza

La naturaleza podrá ser representada por cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, a través del Defensor del Pueblo, que actuará por iniciativa propia, según lo establece el proyecto de Código Orgánico General de Procesos.

No podrá ser demandada en juicio ni reconvenida; las acciones por daños ambientales, así como las acciones por daños producidos a las personas o su patrimonio por consecuencia de daño ambiental, se ejercerán de forma separada e independiente.

La propuesta determina también que si por aplicación de otras leyes se hubiera conseguido la prevención, evitación, remediación, restauración y reparación de daños ambientales a costa del responsable, no será necesario tramitar las acciones descritas.

Las medidas remediadoras, restauradoras y de reparación de los daños ambientales, así como su implementación, se someterán a la aprobación de la autoridad ambiental nacional.

En caso de no existir tales medidas el juzgador las ordenará. Las medidas de reparación no podrán ser objeto de transacción o cualquier otro tipo de acuerdo que exima al obligado de implementar las mismas.

Se prohíbe la doble recuperación de indemnizaciones si los afectados han sido reparados a través de la acción de daños ambientales. Si el Estado asume la responsabilidad de reparar, repetirá contra la persona natural o jurídica que cause directa o indirectamente el daño.  

Ante la amenaza de daños o de producción de nuevos daños, la autoridad administrativa competente podrá adoptar concomitantemente en cualquier momento cualquier medida, de acuerdo con las normas del proyecto.  

MG/pv

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