Con 8 votos a favor la Comisión de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Dentro de los cambios se establece que la jornada laboral del docente de 8 horas podrá ser cumplida, 6 dentro del establecimiento educativo y 2 en línea o fuera de él.
Los votos favorables fueron de los asambleístas Raúl Abad, presidente; Ximena Ponce León, vicepresidenta; Ludis Landázuri; Teresa Benavides; Gastón Gagliardo; Miryam González; Hermán Moya y Noralma Zambrano.
El proyecto establece que la jornada ordinaria semanal de trabajo será de cuarenta horas reloj: seis horas pedagógicas diarias, cumplidas de lunes a viernes. El tiempo restante hasta cumplir las ocho horas reloj diarias podrá realizarse dentro o fuera de la institución y estará distribuido en actualización, capacitación pedagógica, coordinación con los representantes, actividades de recuperación pedagógica, trabajo en la comunidad, planificación, revisión de tareas, coordinación de área y otras actividades contempladas en el respectivo reglamento.
El titular del organismo legislativo, Raúl Abad, explicó que el docente podrá dictar seis horas de clases y cumplir las 8 horas reloj dentro o fuera del establecimiento. Detalló que es dentro cuando exista, por ejemplo, una reunión con padres de familia, pero cuando tenga que revisar tareas, calificar pruebas o hacer seguimiento de apoyo a un alumno, lo podrá hacer por medio de una línea que solo los directivos de cada establecimiento lo establecerán mediante reglamento, así como la Autoridad Nacional de Educación.
El asambleísta informó que para aquellas personas que tenían tercer nivel, pero no en la docencia, que estaban ganando en categorías inferiores como la I de ingreso de un bachiller, hoy con las reformas suben a la categoría G, donde podrán ingresar al magisterio con 810 dólares y podrán profesionalizarse en dos años en educación y obtener los ascensos necesarios.
Precisó que con las reformas en el año 2020, no podrán ingresar bachilleres al magisterio nacional, sino solo quienes estén dentro de la carrera docente.
Para ingresar a la carrera educativa pública se deberá contar con título de educación superior. Los profesionales con título de nivel técnico o tecnológico superior que no correspondan a los de Ciencias de la Educación, deberán aprobar programas de capacitación en pedagogía, didáctica y profesionalización docente de acuerdo con el reglamento respectivo.
El legislador comentó que el análisis de este documento se preparó con los insumos que dieron todos los asambleístas, gremios y actores involucrados por lo que se lo depuró y debatió ampliamente.
El documento que contiene 15 artículos, estará en los próximos días dentro de la agenda del Pleno de la Asamblea Nacional.
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