Jueves, 13 de Marzo 2016
Saludos compañer@s revolucionari@s!!!
09:00 Iniciamos la continuación de la sesión 374 en la Asamblea Nacional.
APROBAMOS CON 85 VOTOS.
LEY QUE PROTEGE EL DESEMPLEO:
L@s ecuatorian@s que en situación DE DEPENDENCIA perdieron su trabajo desde enero de 2016 hasta antes de la aprobación de esta ley, tendrán un seguro de desempleo de $256. Excluye a jubilados y los que renunciaron voluntariamente.
1. Pasantía y Promoción del trabajo juvenil:
Pasantía: Beneficia a todos los estudiantes universitarios, hasta 6 meses en el sector privado, regula el CEES, un tercio del salario básico unificado en calidad de estipendio para el pasante (122 USD).Contrato juvenil:
Beneficie jóvenes de 18 a 26 años. Incentivo directo del Estado cerca de 70 millones para el primer empleo. 65 mil puestos de empleo ...
Jornada laboral ajustada (reducida)
En casos excepcionales de calamidad económica.
• Acuerdo entre empleadores y los trabajadores.
• Podrá solicitar la disminución de hasta 10 horas semanales.
• La autorización de jornada reducida tendrá vigencia máximo de seis meses, renovables por una sola vez.
• Durante el periodo autorizado no podrán producirse despidos.
• El pago de aportaciones a la seguridad social del personal, será en base a la última remuneración recibida del trabajador.
• Durante los ejercicios económicos que mantuvieron la reducción de horas de trabajo, el empleador solamente podrá repartir utilidades a sus accionistas si paga la jornada laboral completa de 8 horas diarias.
Autoriza el ministerio rector del trabajo, deberá exigir un plan de austeridad a las empresas, donde estará el ajuste salarial del nivel jerárquico superior de la empresa si es necesario, porque dependerá del tipo de empresa
2.- Jornada Prolongada de Trabajo:
De manera excepcional:
• Se podrá pactar por escrito la distribución de la jornada de trabajo.
• La distribución de la jornada laboral podrá exceder las ocho horas diarias sin superar las 10 horas al día.
• Los horarios se podrán distribuir de manera irregular en los cinco días laborables (de lunes a viernes) sin superar las 40 horas semanales.
• Las horas que excedan el límite de las 40 horas semanales o las 10 diarias, se las pagará de acuerdo a lo establecido en el artículo 55 del Código del Trabajo.
Primer empleo o contrato Juvenil :
Beneficiará a jóvenes de 18 a 26 años de edad, sin experiencia en el sector privado...
• La jornada máxima de trabajo será de ocho horas diarias, de lunes a viernes.
• El Estado asumirá el pago de la seguridad social del joven contratado de la parte que corresponde al empleador es decir el 11.15% , al 100% si su percibe hasta dos salarios básicos unificados. Si su salario sobrepasa ese valor, el empleador asumirá la diferencia.
• La nómina de empleados bajo este contrato no puede exceder el 20% del total de trabajadores estables.
3.- Seguro de desempleo:
El seguro de desempleo es una nueva prestación de la seguridad social que no elimina tampoco sustituye al seguro de cesantía.
Garantiza al desempleado por razones ajenas a su voluntad 5 prestaciones en 5 meses. Que recibirá al día 91 contado desde la terminación laboral.
Del 3 % que financia la cesantía, 1% que aporta el empleador pasa financiar y a constituir el fondo solidario del seguro desempleo que garantiza al afiliado aportante si enfrenta la contingencia de desempleo recibirá como ingreso fijo el 70% del salario básico unificado durante 5 meses.. y para lograr el.70% de la remuneración que venia recibiendo se completa con el 2% que se encuentra en cuentas individuales de cesantía.
Ampliación de la licencia materna y paterna:
OIT recomienda 18 semanas.
Es voluntaria y opcional sin remuneración para hombre y mujer
Hasta 9 meses dentro los 12 meses iniciales del niño o niña.
Se garantiza la estabilidad.
Se garantiza la antigüedad.
Se garantiza la prestación de salud en el IESS para madre padre he hijo y paga ministerio de salud
Se garantiza la cesantía para los padre que hayan ampliado la licencia de maternidad y paternidad
Si al retorno de la ampliación de la maternidad y paternidad un trabajador es despedido será declarado ineficaz y nulo.
A esta ampliación pueden acogerse los padres y madres que adopten un niñ@ recien nacido.
La cobertura del seguro de desempleo será retroactiva cubrirá desde el mes de enero del 2016. Eso quiere decir que los 70.000 ecuatorian@s que pasaron al desempleo, que cumplan los requisitos establecidos en esta ley, cobraran el seguro de desempleo también.
#LeyProteccionEmpleo #RevolucionariosDelSur #SiemprePais #TejiendoMisDerechos #LaMisionContinua #MasFuertesQueNunca
Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Visita mi Perfil