Código de Ciclo de Vida plantea corresponsabilidad parental en cuidado del hogar

Jueves, 24 de marzo del 2016 - 12:15 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Zobeida Gudiño, foto archivo

La corresponsabilidad parental es uno de los temas que propone el proyecto de Ley de Código de Ciclo de Vida, presentado por la asambleísta Zobeida Guidiño, el pasado 17 de marzo. En el libro primero se establece que el padre y la madre tienen iguales responsabilidades en la dirección y mantenimiento del hogar, en el cuidado, crianza, educación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijos e hijas.

En el ámbito afectivo, manda que los progenitores y sus hijos e hijas se deben  mutuamente afecto, solidaridad, socorro, respeto y las consideraciones necesarias para que cada uno pueda ejercer los derechos y atributos inherentes a su condición de persona, así como para cumplir sus respectivas funciones y responsabilidades en el seno de la familia y la sociedad.

Según el marco de la corresponsabilidad, el proyecto determina que los padres deben proveer a sus hijos e hijas de lo necesario para satisfacer sus requerimientos materiales y psicológicos, en un ambiente familiar de estabilidad, armonía y respeto. De igual manera, determina que deben velar por su educación, matriculándolos en los planteles educativos y asegurando el máximo aprovechamiento de la educación impartida.

Dentro de esas responsabilidades deben también inculcar valores compatibles con el respeto a la dignidad del ser humano y al desarrollo de una convivencia social democrática, así como estimular y orientar su formación y desarrollo cultural. Asegurar el cumplimiento de las prescripciones, controles y disposiciones médicas y de salubridad; denunciar las violaciones a sus derechos, entre otros. La iniciativa legal propone que estos deberes los deben cumplir no solo los padres, sino quienes tengan bajo su cuidado a niños, niñas y adolescentes.

En cambio, para los hijos e hijas plantea que estos deben asistir, de acuerdo con su edad y capacidad, a sus padres que requieran ayudan; mantener un comportamiento responsable y respetuoso; y, no deben abandonar el hogar de sus progenitores sin autorización de ellos. De producirse la o el juez investigará el caso y, luego de oír al niño, niña o adolescente, dispondrá la reinserción en el hogar u otra medida de protección si aquella no es posible.

En este libro también se plantea que en cualquier controversia relacionada con patria potestad, tenencia o visitas en materia de niñez y adolescencia se propenderá a pasar primero por una fase de mediación, que tienda a lograr que los progenitores acuerden un régimen que se acomode a las necesidades del hijo o hija.

Además, con la presentación de la demanda de tenencia, patria potestad o visitas, las partes deberán entregar su plan de coparentalidad, entendido como la planificación del tiempo que cada progenitor esté dispuesto a dedicar a su cuidado y crianza.

LM/pv

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