El Procurador del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Christian Hidalgo, en su comparecencia ante la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, ratificó que el Estado garantiza la prestación de las pensiones de jubilación y que, por lo tanto, resulta redundante incluir otra disposición en ese sentido en la Ley de Seguridad Social.
Explicó que el artículo 237 reformado de la Ley de Seguridad Social, vigente desde abril de 2015, estableció de manera clara que el Estado cubrirá los montos correspondientes a las prestaciones por jubilación y, efectivamente, se han seguido prestando estos servicios, a partir de la fecha señalada, por parte del IESS.
Según dicha norma, “el Estado será responsable subsidiario y garantizará el pago de las pensiones del sistema de seguridad social únicamente cuando el IESS no cuente con los recursos económicos para cubrir las obligaciones en curso del pago del Seguro General Obligatorio y del régimen especial del Seguro Social Campesino”
Respecto a la conformación del Consejo Directivo, manifestó que la Constitución establece que el Estado garantizará, regulará y controlará las actividades de la seguridad social, convirtiéndose de esta manera en el regulador de este sector.
Por tanto, dijo, quien debe dirigir y coordinar esa relación entre trabajadores, empleadores y Estado es el Presidente del Consejo Directivo del IESS, en este caso, el delegado del Presidente de la República.
En consecuencia, el funcionario tampoco comparte la propuesta que busca determinar que la Presidencia del Consejo Directivo del IESS sea rotativa entre sus tres integrantes.
RSA/pv