Artículo 15 del proyecto de Ley de Salud Integral Prepagada genera debate

Jueves, 09 de junio del 2016 - 14:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Un criterio se repitió una y otra vez durante el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica que regula las compañías que financien seguros de atención integral prepagada y a las de seguros que ofrecen cobertura de asistencia médica y es que estas empresas deben actuar bajo controles estrictos, para que no existan casos de incumplimiento de contratos e irrespeto de los derechos de los usuarios.

El asambleísta Mauro Andino (foto) se refirió a un punto neurálgico y es la discriminación a través de los períodos de carencia, es decir, el usuario empieza a pagar las primas del seguro, pero la atención se empieza a prestar al décimo mes de haber contratado el seguro. “Las aseguradoras usan esto para abstenerse de pagar”, dijo. La propuesta es que se incluya un artículo que prohíba establecer límites de carencia para mujeres embarazadas y personas con enfermedades catastróficas, mientras que para los demás asegurados la vigencia entre luego de tres meses.

Las observaciones al proyecto de ley también están encaminadas al artículo 15, que contiene 17 numerales, que para el asambleísta Virgilio Hernández, son la clave de toda la normativa. Pidió que se aclare lo que respecta a las sanciones por el incumplimiento de este artículo, porque en algunos casos a las aseguradoras les saldría más barato pagar la multa en lugar de brindar la atención que requiere el paciente.

Diálogo total

El legislador Víctor Medina fue enfático al asegurar que para tener la ley se dialogó con todos los sectores involucrados. Además insistió en que existe un criterio técnico. “Es un gran negocio asegurar a personas sanas, como hasta ahora ocurre con la ley actual, pero si se aprueba, esta ley obliga a asegurar a todos. No solo se busca el lucro de las empresas, sino también evitar la vulneración a los derechos constitucionales”, explicó.

Otro de los puntos tratados fue el capital mínimo para que una empresa de seguros de salud pueda operar. En la propuesta, luego de varios análisis se habla de 800 mil dólares como mínimo. Para los asambleístas, con esto se garantiza que estén en capacidad de cubrir los costos de salud de los asegurados. Sin embargo, Antonio Posso, expresó que la ley debe controlar el funcionamiento de estas empresas con coherencia, para que tengan un margen razonable de utilidad, pero tampoco abusos y excesos.

MC/pv

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