SESIÓN N. 392 DEL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.

Jueves, 09 de junio del 2016 - 14:39 Imprimir

Pamela Falconí especificó que hay que tener claro el objeto social de la norma. Señaló que con la ley se amplían los derechos a la no discriminación, al debido proceso, a los consumidores, esto último porque se determinan mecanismos para que los usuarios puedan tener información y verificar lo que están contratando.

Resaltó que se busca que estas compañías brinden sus servicios, por ejemplo, a enfermedades congénitas, genéticas, hereditarias (con cobertura total); también a enfermedades preexistentes, crónicas, catastróficas, degenerativas, raras, atención oncológica, trasplante de órganos, servicios de salud para personas con discapacidad; estudios anatomopatológicos, genéticos y congénitos; prestación de salud dental; embarazos; atención hospitalaria integral; atención de casos de urgencia y emergencia; prestación de prevención de enfermedades, entre otros, que en muchos de los planes que hoy se ofrecen no cubren.

Estas son las bondades del proyecto de ley tratándose en este momento en el Pleno de la Asamblea Nacional.

Herman Moya
Asambleísta por Napo Alianza PAIS

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