con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:
- Informe de la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral respecto del pedido de aprobación del Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Italia; este se aprobó con 111 votos afirmativos.
- Primer debate del Proyecto de Ley Reformatoria al Código del Trabajo; y,
- Primer debate del Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social.
Según el convenio las dos naciones también tendrán otras libertades como realizar escalas en territorio de la otra parte, en los puntos especificados, para embarcar y desembarcar pasajeros, carga y correo. Sin embargo, niega la posibilidad de tomar a bordo pasajeros o carga y transportarlos a otro punto en el territorio de la otra parte.
El acuerdo internacional también establece que las tarifas por servicios aéreos serán establecidas por cada línea aérea designada, sobre consideraciones del mercado. Se establece la exención de derechos aduaneros con base en la reciprocidad y bajo su legislación aplicable. “Las partes podrán intervenir para garantizar los derechos de los usuarios”, enfatizó el asambleísta Gastón Gagliardo.