Articular un Sistema Integrado de Seguridad que represente el respeto a la aplicación de los derechos humanos y promueva el Buen Vivir, es una de las metas que busca el proyecto de Ley de las Entidades Complementarias de Seguridad Ciudadana y Orden Público, que se debatirá mañana en el Pleno. El documento dice que la teoría tradicional de la seguridad nacional sufre una transformación, sobre todo a partir de la Constitución del 2008.
Indica que esta nueva doctrina, basada en el concepto de seguridad integral, conlleva una visión estratégica en donde prima, precisamente, la interrelación entre las instituciones del Estado. Este nuevo paradigma se basa en algunos principios, entre ellos, la integralidad, la participación y la transversalización en donde están inmiscuidos no solo la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. El informe recuerda que la seguridad es la condición indispensable para el desarrollo holístico del ser humano y, por tanto, un derecho fundamental reconocido por la Constitución.
Este proyecto regula y homologa ciertos aspectos como el ingreso, formación, capacitación, ascensos y régimen disciplinario de los cuerpos de Vigilancia Aduanera, Comisión de Tránsito del Ecuador, Vigilancia Penitenciaria, Control Municipal o Metropolitano, Agentes Civiles de Tránsito y Bomberos.
Estas entidades, en el ámbito de su competencia, tienen como función operaciones relacionadas con la seguridad ciudadana, control y orden público; prevención, detección, disuasión del delito e investigación del delito; con el fin de realizar una adecuada gestión de riesgos, promover una cultura de paz y prevenir la violencia.
Derechos de los servidores públicos
El proyecto establece que los servidores públicos de las entidades de seguridad complementaria tienen el derecho a desarrollar su carrera; ejercer una función o cargo acorde con sus competencias personales, jerarquía, especialización y perfil profesional; la provisión de uniformes, equipamientos, instrumentos y útiles de trabajo; y, la capacitación, tecnificación, profesionalización y especialización permanente, entre otros.
Sobre el traslado señala que podrán ser trasladados administrativamente a las diferentes zonas del país, pero recibirán los estímulos y beneficios previstos en el Reglamento. El tiempo de duración no podrá exceder 2 años, prorrogable por una única vez. También determina que la vivienda, alimentación y equipamiento serán proveídos por cada institución.
En cuanto a la carrera, el proyecto indica que constituye un sistema mediante el cual se regula el ingreso, selección, formación, capacitación, ascenso, estabilidad, evaluación y permanencia. Los aspirantes deberán ser bachilleres; aprobar un examen de aptitud; aprobar exámenes médicos, psicológicos, físicos; entrevista personal; no haber sido destituidos de cualquier entidad complementaria de seguridad, de las FF.AA o Policía Nacional; y, no deber más de dos pensiones alimenticias.
Así mismo, la gratuidad, financiamiento y capacitación se regularán mediante Decreto Ejecutivo u ordenanza municipal. El Consejo de Educación Superior, o quien haga sus veces, aprobará la carrera de formación superior, así como la malla curricular de los respectivos estudios.
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