El deseo que los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes no prescriban para que no queden en la impunidad era la petición constante de las víctimas y familiares, cuando acudían a la desaparecida Comisión Aampetra. Ante esta demanda, la Asamblea realizó la propuesta para que en la consulta popular del 4 de febrero de 2018 se incluya una pregunta sobre la imprescriptibidad de este tipo de delitos, propuesta que recibió el apoyo popular.
Frente a ese respaldo, Aampetra -en su informe final-, recomendó al Pleno haga seguimiento a dicha pregunta. Para cumplir con esa petición, el 13 de septiembre de 2018, la Asamblea aprobó una resolución por la cual dispuso a la Presidenta de la Asamblea, Elizabeth Cabezas Guerrero, presente ante la Corte Constitucional una acción de interpretación sobre la aplicación de la imprescriptibilidad en los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
Después de la consulta popular de febrero de 2018, esta figura jurídica (imprescriptibilidad) se incluyó en la Constitución y en el Código Orgánico Integral Penal (Coip). Sin embargo, los legisladores solicitan un pronunciamiento de la Corte, puesto que tienen preocupación respecto de los casos que fueron denunciados antes de esa fecha, si se considera que la norma no es retroactiva.
La Corte pidió al Parlamento ampliar los criterios de la acción presentada, cuya responsabilidad recayó en la Comisión Ocasional que atiende temas de la niñez y que, este 25 de abril de 2019, aprobó un documento, que contiene un análisis jurídico.
El organismo considera que si bien la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes solo operaría para los delitos cometidos después de 4 de febrero de 2018, en realidad el mandato popular expresado en las urnas indica que los ecuatorianos buscan proteger, con esta disposición, a todas las víctimas de abusos sexuales y no solo aquellas que sufrieron vulneración después de esa fecha.
Franklin Samaniego, vicepresidente de la mesa, explicó que se pide que la Corte haga una ponderación sobre el derecho superior del niño y la seguridad jurídica. Es decir, que explique qué pasará con los casos que se presentaron en la justicia y quedarían sin juzgamiento.
LILA/eg
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