Varios proyectos en simultáneo forman parte del estudio que realiza la Comisión del Desarrollo Económico, entre ellos, un nuevo proyecto de reformas a la Ley de Energía Eléctrica. Para profundizar en su contenido convocó a la autora del mismo Wilma Andrade. La legisladora señaló que existe un trato discriminatorio en dicha normativa en cuanto a las reglas de juego para las empresas privadas que prestan este servicio.
Explicó que la Ley incluye un plazo determinado como causal de terminación o caducidad de los contratos de concesión con las empresas privadas y de economía popular y solidaria. En tanto, esas condiciones no se las incorpora para los permisos de operación de las empresas mixtas o públicas.
Argumentó que, en la actualidad, no todas las empresas públicas y mixtas, que participan en la prestación del servicio de energía eléctrica, pertenecen a la administración pública central por lo que no tener un plazo determinado y causales de terminación y caducidad ocasiona que el permiso sea indeterminado en el tiempo. En ese caso, si la empresa no cumple con lo establecido en el permiso de operación, el concedente, que es el Estado, no puede dar por terminado o declarar caducado dicho permiso, indicó.
El incluir un plazo, según la legisladora, permitirá una mejor prestación del servicio de energía eléctrica ya que su comportamiento deberá adaptarse a las condiciones establecidas en el permiso de operación.
En las reformas incluye a la expiración del plazo como causal para la terminación de la autorización de operación. También contempla otras razones como por muto acuerdo de las partes, por caducidad, por disolución, entre otras.
LILA