El Legislativo buscó los mecanismos y el consenso necesario, entre los sectores involucrados, a fin de que se concrete el pago de compensaciones que demandaban los jubilados públicos desde el 2008. Ya existen los primeros resultados: hasta el momento, se ha pagado, en efectivo a 13.494 jubilados con un total de $674,8 millones.
Según el Ministerio de Economía, en bonos se canceló a 1.666 jubilados por un total de $85,2 millones. En tanto, el BIESS compró más de 600 bonos a jubilados con tasas mínimas de descuento.
En esta fase de pagos, el Legislativo continúa trabajando. A través de una mesa técnica, conformada por los jubilados y los diferentes ministerios, hace seguimiento permanente a los compromisos asumidos por el Gobierno.
El Ministerio de Economía está escogiendo de manera técnica, junto al Ministerio de Trabajo, el orden de pagos, priorizando a aquellas personas con discapacidad y enfermedades catastróficas. Además, se cumple con el Acta que se firmó con representantes de los jubilados en mayo de 2019.
Desglose de pago
Aquellas personas que se acogieron a la jubilación antes de los 70 años recibirán un bono con plazos de entre 1 y 10 años, por un monto correspondiente a su compensación (USD 50.000 en promedio). A partir del 6 de agosto el Banco del IESS, junto a otros inversionistas, inició los procesos para la compra de estos bonos a los beneficiarios.
Muchos de los jubilados perjudicados son personas vulnerables, mayores de 70 años, con discapacidades o enfermedades catastróficas. Para ellas, el pago de su incentivo jubilar se hará en efectivo en cuatro cuotas mensuales sucesivas, a partir de este agosto.
A los jubilados del 2008, 2009 y 2010 que son beneficiarios de la Ley Interpretativa se les pagará USD 2.000 en octubre, USD 2.000 en noviembre y USD 2.000 en diciembre, es decir, USD 6.000 dólares en este año y la diferencia en el 2020.
Cobro de bonos
El bono del Estado es considerado uno de los instrumentos más seguros de inversión en el Ecuador. Con él, el jubilado gana mensualmente un interés fijo hasta que venza el plazo y se le pague el capital. Las tasas de interés están en función del plazo del bono que, a su vez, guarda relación con la edad del beneficiario.
El poseedor del bono tiene garantizado el cobro de los intereses y el capital. Éste puede negociarlo o venderlo a cualquier persona, entidad pública o privada, a través de la Bolsas de Valores, que están reguladas por la Ley de Mercado de Valores.
Una vez que el jubilado recibe voluntariamente un bono del Estado, tiene tres opciones: Uno, quedarse con el bono hasta su vencimiento y recibir mensualmente en efectivo los intereses y, al finalizar la vigencia del bono, el capital en su cuenta personal de ahorros o corriente que posea en cualquier entidad bancaria. Dos, vender una parte del bono y seguir recibiendo intereses y el capital por la otra parte; y, tres, vender todo el bono y obtener dinero en efectivo por el mismo. El dueño del bono decide a quién venderle y en qué condiciones, es decir, con qué porcentaje de descuento.
RSA